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ELIMINACIÓN DEL USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLAS. Modificación del protocolo de organización y prevención centros educativos
Castilla y León 20 Abr, 2022
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  ELIMINACIÓN DEL USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLAS. Modificación del protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022 La evolución epidemiológica, así como la reciente publicación de la nueva Estrategia de vigilancia y control frente a covid-19 tras la fase aguda de la pandemia de 23 de marzo de 2022 han permitido avanzar en la desescalada, haciendo necesario el ajuste en los centros educativos de las medidas establecidas para la comunidad educativa durante el final del curso académico 2021-2022. No obstante, no debemos bajar la guardia, haciéndose necesario el mantenimiento de algunas de las medidas organizativas y preventivas para garantizar la seguridad de toda la comunidad educativa en lo que resta de curso, manteniendo la especial atención a las personas vulnerables del entorno escolar, y que podrán ser adaptadas según indique la autoridad sanitaria. Ante la nueva modificación de la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establecida por el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, se hace necesario adaptar las medidas de carácter preventivo que afecten a las actividades realizadas en centros educativos que para este ámbito se concretan en: No será obligatorio el uso de la mascarilla por parte del alumnado y del personal del centro educativo a excepción de las personas de seis años en adelante que quedan obligadas al uso de mascarilla en el transporte escolar. Se recomienda el uso responsable de la mascarilla en espacios cerrados cuando haya personas vulnerables y no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 m.  Ficheros disponibles Actualización Protocolo de Organizacion y Prevencion Centros 21-22 ; Actualizado el 20 de abril de 2022  

Coronavirus Acción sindical ANPE Informa
Modificación del protocolo de prevención y organización servicios complementarios, actividades extraescolares en c. educativos
Castilla y León 20 Abr, 2022
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ELIMINACIÓN DEL USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLAS. Modificación del protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios, actividades extraescolares y otras actividades permitidas en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022 Una vez que ha sido modificado el Protocolo de Prevención y Organización de los centros educativos para el curso escolar 2021-2022, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares u otras actividades permitidas en los centros educativos. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las se presten los servicios o se desarrollen las actividades anteriormente señaladas. Ficheros disponibles Actualización Protocolo Actividades extraescolares y complementarias ; Actualizado a 20 de abril de 2022

Coronavirus ANPE Informa
Protocolo centros educativos
Castilla y León 13 Ene, 2022
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Protocolo centros educativos. Actualización 12 de enero 2022 Ficheros disponibles GUÍA DE ACTUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS DE CASTILLA Y LEÓN_12012022 1,2 MB (16 páginas) 09092021 Anexo 1 censo contactos 58 KB 220111 CARTEL Alumno con síntomas en casa 452 KB (1 página) 220111 CARTEL Alumno con síntomas en colegio 423 KB (1 página) 220112 CARTEL Alumno con PDIA Positiva 447 KB (1 página) 220112 Cartel Recomendaciones contactos estrechos en el ámbito educativo 452 KB (1 página)

Coronavirus
La Junta de Castilla y León flexibiliza el Protocolo Educativo y ya no será necesario zonificar los patios
Castilla y León 19 Oct, 2021
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La Junta De CyL flexibiliza el Protocolo Educativo y ya no será necesario zonificar los patios. Consejería de Castilla y León. El 15 de junio la Junta de Castilla y León presentó el Protocolo de Organización y Prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso 2021-2022. Desde ese momento, la Consejería de Educación anunció que se trataba de un documento vivo que se iría flexibilizando a medida que mejorara la situación epidemiológica. Así, dado que los centros educativos están teniendo una incidencia muy baja, a partir de mañana 20 de octubre ya no será necesario que los patios de los centros estén zonificados. Es decir, los alumnos de distintos grupos y cursos podrán interactuar siempre que se encuentren en espacios al aire libre y se respeten el resto de medidas de seguridad -principalmente la mascarilla para los mayores de 6 años-.  Así se lo ha comunicado la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa a todas las direcciones provinciales y estas a los centros. Se trata del primer paso para flexibilizar un protocolo que ha demostrado ser eficaz incluso en los peores momentos de la pandemia. Sin embargo, la Consejería de Educación recuerda que los aspectos organizativos -el desdoble de grupos y los recursos humanos- no se modificarán en todo el curso escolar, tal y como ha avanzado la consejera, Rocío Lucas, en varias ocasiones. https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1281372051501/Comunicado/1285102588478/Comunicacion?d=1

Coronavirus ANPE Informa
Acuerdo para prorrogar las medidas educativas derivadas de la situación de pandemia COVID-19 para el curso 2021/22
Castilla y León 23 Jul, 2021
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SE PRORROGA EL ACUERDO DE MEDIDAS EDUCATIVAS DERIVADAS DE LA SITUACIÓN DE PANDEMIA POR COVID-19 PARA EL PRÓXIMO CURSO En el día de hoy, CSIF, STECYL, ANPE y UGT han firmado la prórroga de las ‘Bases del Acuerdo por el que se establecen determinadas medidas para los funcionarios docentes de los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación de Castilla y León, ante la situación de pandemia por COVID-19 durante el curso 2020/2021’, firmado el 5 de septiembre de 2020, para su aplicación en el próximo curso 2021/2022.   Finalizado el curso 2020/2021, se ha puesto de manifiesto que las medidas establecidas en el acuerdo de 5 de septiembre, que implicaban, entre otras cuestiones, el incremento de 1.350 docentes, han garantizado la seguridad sanitaria del alumnado y profesorado,haciendo posible un curso presencial en nuestras aulas.    Vista la situación sanitaria actual derivada del COVID-19 en la que nos encontramos,y confiando en la evolución favorable de la misma, el curso 2021/2022 seguirá afectado por la pandemia, por lo que es necesario continuar con las medidas recogidas en las Bases del Acuerdo de 5 de septiembre de 2020. Las medidas prorrogadas se refieren almantenimiento de los refuerzos educativos, con el incremento correspondiente del profesorado para el cumplimiento de la normativa y protocolos actuales; mejoras relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral, modificando la normativa vigente referida a los plazos de tramitación de asuntos propios y reducciones de jornada;simplificación en la toma de posesión y sustitución del personal interino afectado o confinado por COVID-19, y reserva de plaza al profesorado interino en situación de baja por incapacidad temporal; creación de los Equipos COVID en las direcciones provinciales y en los centros docentes, demostrando que su labor ha sido fundamental para el control de la pandemia en el ámbito educativo; y actividades de formación del profesorado para la prevención de la pandemia y actuaciones específicas para la protección del profesorado TES.    Al igual que el curso anterior, las cuatro organizaciones sindicales firmantes van a seguir  trabajando en la comisión de seguimiento del acuerdo, para velar por sucumplimiento, conocer su evolución, y buscar soluciones a las demandas del profesorado y a situaciones derivadas de pandemia que se presenten el curso 2021/2022. En Valladolid, a 23 de julio de 2021

Acuerdos Coronavirus ANPE Informa
Protocolo de adaptación a la situación originada por la pandemia COVID-19. Oposiciones Secundaria y otros cuerpos en CyL
Castilla y León 10 Jun, 2021
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Protocolo de adaptación a la situación originada por la pandemia COVID-19 MANUAL PARA LA APLICACIÓN A LOS PROCESOS SELECTIVOS DE INGRESO, ACCESO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS CONVOCADOR POR ORDEN EDU/255/2020, DE 4 DE MARZO, DEL PROTOCOLO DE ADAPTACIÓN A LA NUEVA SITUACIÓN ORIGINADA POR LA PANDEMIA COVID-19 PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DERIVADOS DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN     Protocolo de adaptación a la situación originada por la pandemia COVID-19 (155.8 KB) (13 páginas)

Oposiciones Coronavirus ANPE Informa
La vacunación a docentes. Sigue el caos
Castilla y León 08 Abr, 2021
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La vacunación a docentes. Sigue el caos. La incertidumbre y preocupación que ha suscitado estas semanas las dosis de la vacuna AstraZeneca continua. Las últimas noticias han sido que se suspende la vacunación con AstraZeneca en menores de 60 años y siguen vacunando con este fármaco a personas de entre 60 y 65 años. Durante estos días surgen muchas inseguridades y preguntas: ¿Y ahora qué? ¿hay efectos secundarios nuevos que hay que vigilar? ¿Me van a administrar la 2ª dosis? ¿Se prevé la continuidad del calendario programado, quizás con otra vacuna? Esta vacuna en un principio fue destinada al colectivo docente menor de 55 años. Hace unas tres semanas se paralizaba la vacuna por posibles efectos secundarios y se reanuda la vacunación con AstraZeneca el 24 de marzo ampliándose también su administración a las personas de entre 55 y 65 años después del acuerdo adoptado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). La Agencia Europea del Medicamento concluyó que los beneficios siguen siendo mayores que los riesgos y evitó fijar una limitación de edad, (la mayoría de los casos se han detectado en mujeres menores de 60 años) aunque el nuevo análisis de la EMA dictado el 7 de abril, sigue respaldando a la vacuna, aunque ha pedido que en la ficha técnica del producto consten los coágulos de sangre como “efectos secundarios muy raros”. Este hecho ha vuelto a sacudir la estrategia de vacunación en Europa.  Los diferentes ministros de sanidad de países europeos han acordado limitar su uso en este grupo de edad apelando al “principio de precaución”. Carolina Darias, ministra de Sanidad, ha asegurado que en los próximos días se decidirá qué hacer con aquellos ciudadanos menores de 60 años que ya han recibido la primera dosis de la vacuna de AstraZeneca. La ministra ha explicado que se barajan dos opciones: proporcionar a estas personas una segunda dosis con un inoculado de otra marca o no inyectarle una segunda dosis, dado que, ha explicado, con la primera se alcanzan niveles de eficacia del 70%. Hasta el momento, 2.154.675 personas han recibido la primera dosis de la vacuna de AstraZeneca y estaban pendientes de la segunda. (datos de El País) Desde ANPE exigimos a las autoridades sanitarias y educativas que tienen que despejar todas las dudas y actuar con transparencia, dando información puntual para tranquilidad del profesorado, que cada día entra en aulas cerradas con decenas de alumnos y con una protección insuficiente.

Coronavirus ANPE Informa
Se estanca la negociación con la Consejería de Educación
Castilla y León 19 Mar, 2021
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Se estanca la negociación con la Consejería de Educación. Las cinco organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Educación de Castilla y León (CSIF, STECyL, ANPE, CC.OO. y UGT) hacen un balance negativo del segundo trimestre del curso escolar 2020-2021,ante la falta de avance en la negociación con la Consejería de Educación, de los diversos temas pendientes:condiciones socio-laborales del profesorado, oposiciones de Secundaria y Otros Cuerpos, o vacunación contra la Covid-19. A finales de diciembre de 2020, se acordó establecer un calendario de negociación de mejora de las condiciones socio-laborales del profesorado de la educación pública de nuestra Comunidad. Se ha puesto de manifiesto que durante este segundo trimestre no ha habido ningún avance en dicho calendario. Entre otras muchas cuestiones en las que es necesario avanzar, poníamos el énfasis en algo fundamental para la calidad del sistema educativo de Castilla y León: la bajada de ratios y del horario lectivo del profesorado. Durante este trimestre, las únicas reuniones que se han celebrado han tenido como contenido cuestiones ordinarias, en relación a convocatorias anuales, pasando las mesas sectoriales a ser de mero trámite, con escasas cesiones a las reivindicaciones sindicales. Ante esa situación,se han dirigido varios escritos a la Consejera de Educación demandando negociación; el último de ellos fechado el 8 de marzo, en el que solicitábamos una reunión urgente para abordar estos temas. Otra cuestión básica en la que la Consejería no avanza, pese a las reiteradas peticiones delas organizaciones sindicales, son las oposiciones de Secundaria y Otros Cuerpos,aplazadas en 2020 por la pandemia y que se celebrarán en junio de 2021.Durante este trimestre han sido reiteradas las peticiones para negociar el desarrollo de este procedimiento selectivo, que se inicia el día 19 de junio, en un contexto tan singular como es la pandemia. Este proceso afectará a miles de opositores y cientos de docentes que formarán parte de los tribunales. Las organizaciones sindicales ponemos de manifiesto nuestra gran preocupación ydemandamos que se desarrollen con las máximas garantías sanitarias y el proceso sea transparente y seguro, no vulnerando en ningún caso derechos de los compañeros y compañeras afectados por la COVID-19 durante esas fechas. Mostramos nuestra consternación porque aún no exista ningún protocolo específico al respecto. La gota que colma el vaso es la falta de información de un hecho tan trascendental, para los docentes, como está siendo el proceso de vacunación. Las cinco organizaciones sindicales se dirigieron el pasado 8 de marzo por escrito a la Directora General de Salud Pública y siguen esperando contestación, algo que resulta totalmente inadmisible. Durante estos meses, los representantes del profesorado no han recibido ningún tipo de información sobre cómo, dónde y cuándo se va a desarrollar la vacunación, y observamos con estupor cómo, desde alguna provincia, se ha convocado al profesorado con precipitación, sin ningún aviso previo ni alternativa posible. La administración tampoco responde a cuestiones fundamentales como qué sucede con los docentes mayores de 55 años, un porcentaje muy elevado en nuestra Comunidad, llevando a situaciones como que en un mismo centro una parte del profesorado esté vacunado y otra, los más vulnerables, no lo estén. Las cinco organizaciones sindicales consideran insostenible esta situación. Una y otra vez se han ofrecido para negociar y se han encontrado con la callada por respuesta. Nuestros compañeros y compañeras han realizado un enorme esfuerzo en este año de pandemia y merecen una respuesta a la altura. Los sindicatos con representación en Mesa Sectorial de Educación no están dispuestos a tolerar un trimestre más en el que no se produzca ningún avance. Si es posible llegar a acuerdos en otros sectores también lo será en educación.     19 de marzo de 2021

Notas de prensa Coronavirus
El Ministerio de Sanidad responde ante la suspensión de la vacunación AstraZeneca
ANPE-Castilla y León 17 Mar, 2021

Ante el revuelo suscitado por la suspensión de la vacunación de AstraZeneca, el Ministerio de Sanidad ha publicado: "Suspensión cautelar de la vacunación con AstraZeneca Preguntas frecuentes", que podéis leer aquí.

ANPE Informa Coronavirus
Modificación de los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva y extraescolares en CyL 2020/21
Castilla y León 09 Mar, 2021
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Modificación de los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva y de los servicios complementarios y actividades extraescolares en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 tras la modificación del plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 en la comunidad de Castilla y León, aprobado por acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León. Ante la publicación del Acuerdo 25/2021, de 8 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León aprobado por Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, en lo relativo al desarrollo de la práctica de actividades deportivas, procede adecuar algunos aspectos de los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva yde los servicios complementarios y actividades extraescolares en los centros educativos parael curso escolar 2020-2021, con el objetivo de permitir el desarrollo de determinadas actividades de carácter deportivo. 1.- Modificación del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos para el curso escolar 2020-2021. El apartado 3.11.a queda redactado en los siguientes términos: 3.11.- Gestión de actividades físicas y otras actividades. Actividades deportivas. Se permite el desarrollo de actividades deportivas individuales y colectivas, que no impliquen un contacto físico continuado, con las limitaciones y requisitos que se que se recogen en los siguientes apartados. Se establece un máximo de 30 alumnos para la práctica deportiva de forma simultánea. Para la práctica de las actividades deportivas colectivas será obligatorio del uso de mascarilla. Las actividades deportivas colectivas se realizarán exclusivamente al aíre libre. Debe recordarse a las familias que el día que haya educación física los alumnos deberán ir vestidos desde su casa con la ropa adecuada para así minimizar el uso de los vestuarios. El material deportivo de uso comunitario deberá ser desinfectado de forma regular. 2.- Modificación Protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios y actividades extraescolares los centros educativos para el curso escolar 2020-2021. El apartado 4.4 queda redactado en los siguientes términos: 4.- Actividades extraescolares. 4. Se permite el desarrollo de actividades extraescolares de carácter deportivo individual y colectivo, que no impliquen un contacto físico continuado, con las limitaciones y requisitos que se recogen a continuación: Se establece un máximo de 30 alumnos para la práctica deportiva de forma simultánea. Las actividades deportivas colectivas se desarrollarán exclusivamente al aire libre. Para la práctica de las actividades deportivas colectivas será obligatorio del uso de mascarilla. El material deportivo de uso comunitario deberá ser desinfectado de forma regular. En la medida de lo posible se minimizará el uso de los vestuarios. Ficheros disponibles MODIFICACIÓN PROTOCOLOS ACTIVIDADES DEPORTIVAS ACUERDO 76-2020551 KB3 páginas  

Coronavirus ANPE Informa
ANPE exige la actualización de los protocolos COVID y priorización de los docentes en segunda fase de vacunación.
Castilla y León 06 Feb, 2021
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  ANPE EXIGE LA ACTUALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS COVID Y LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE GARANTICEN LA SEGURIDAD EN LOS CENTROS EDUCATIVOS, Y QUE SE PRIORICE A LOS DOCENTES EN LA SEGUNDA FASE DE VACUNACIÓN AL SER CONSIDERADOS COMO PERSONAL DE ACTIVIDAD ESENCIAL Los docentes exigen políticas concretas y actualizadas para evitar los contagios y que los centros educativos sean lugares seguros frente al covid. Mientras las autoridades políticas y sanitarias de todos los ámbitos territoriales adoptan medidas todas las semanas para evitar contagios, ninguna medida va dirigida a los centros educativosmanteniéndose intactos los protocolos de principio de curso. Desde ANPE siempre nos hemos manifestado partidarios de mantener la enseñanza presencial para todo el alumnado, porque tener las aulas abiertas asegura la equidad y calidad en la educación, pero eso sí, siempre que se haga con una evaluación constante,y una actualización y adecuación de las medidas higiénico-sanitarias y de seguridad adaptadas al contexto al que nos estamos enfrentando actualmente. Apostar por la enseñanza presencial tiene que ser plenamente compatible con exigir que no se pongaen peligro la salud de profesorado y de la comunidad educativa. Para ANPE algunas de las medidas que habría que poner en marcha serían:  • Comunicación inmediata de situaciones de riesgo y aplicación inminente del protocolo de prevención que debe incluir: confinamiento, pruebas de PCR o de antígenos para todas las personas afectadas, y estudios y pruebas para determinar la situación inmunológica del profesorado y descubrir casos asintomáticos. • Priorizar al colectivo docente y personal de servicio de los centros educativos en la siguiente fase de la campaña de vacunación contra el COVID-19. Este personal seconsidera esencial y además está expuesto a un número elevado de contactos diariosen lugares cerrados. En caso de no poder atenderse esta demanda, ANPE exige que como mínimo, que se priorice en la segunda fase de la campaña de vacunación, al profesorado y al resto de la comunidad educativa que tenga la consideración de servulnerable ante el covid al presentar algún tipo de patología previa. • Un Plan de Supervisión de ventilación de las aulas realizado por personal técnico cualificado en las mediciones de CO2, el refuerzo de los sistemas de calefacción enlos centros educativos, y la instalación de medidores de CO2 y de purificadores de aire con filtro HEPA en todas las aulas. • Planes de digitalización en todos los centros. El profesorado tiene que contar con los medios tecnológicos y las plataformas digitales en pleno funcionamiento y sinincidencias. Es fundamental que las administraciones educativas se cercioren deello. • El suministro de mascarillas FPP2 para todo el profesorado. • Vigilancia y asesoramiento a todos los centros educativos por parte de personal técnico del Servicio de Prevención de Riesgos para valorar y resolver las cuestiones concretas que se planteen en cada situación. • Reducción de ratios y aplicación de desdobles habilitando los recursos humanos y materiales necesarios. • Incorporación de personal de apoyo para entradas, salidas, recreos y lavado de manos. • Adaptación de los currículos y las programaciones de los cursos, áreas y materias para prestar especial atención a los saberes y competencias fundamentales mientras nos encontremos en época de pandemia. No nos cansaremos de reconocer y agradecer el gran trabajo y esfuerzo que están realizando los docentes en los centros educativos a pesar de la adversidad de las circunstancias. Ante esta situación tan inédita y excepcional y ante un futuro cada vez más incierto,  ANPE hace un llamamiento al Ministerio para que ejerza esta labor de coordinación y liderazgo y que junto a las Consejerías de Educación actualicen los protocolos COVID aprobados el pasado mes de Septiembre para adaptarlos a la nueva realidad de la pandemia, de modo que, junto a las medidas académicas necesarias extremen las precauciones y prioricen la seguridad física y sanitaria del alumnado, el profesorado y todos los integrantes de la comunidad educativa. Madrid, 5 de febrero de 2021  

Notas de prensa ANPE en los medios Coronavirus
ANPE por la seguridad de los docentes
Castilla y León 01 Feb, 2021
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ANPE POR LA SEGURIDAD DE LOS DOCENTES   ANPE-Castilla y León exige a los responsables políticos medidas sanitarias y educativas que garanticen la seguridad del profesorado en nuestros centros educativos.   Después de muchos meses defendiendo y negociando con la administración educativa regional una serie de medidas que, a la vista de la situación sanitaria actual se ve que son claramente insuficientes, teniendo en cuenta el aumento de los contagios por Covid-19 y la incidencia REAL que la pandemia está teniendo en los centros educativos, no solo en las aulas burbuja, sino en todos los niveles educativos, EXIGIMOS a las administraciones educativas y sanitarias de Castilla y León la adopción de medidas URGENTES Y NECESARIAS que garanticen la seguridad del profesorado en las aulas.   Hemos trasladado a la Consejería de Educación la adopción inmediata de las siguientes medidas:   - Vacunación de todo el personal docente con carácter prioritario por ser un colectivo vulnerable al realizar una actividad esencial por estar en contacto continuo con un elevado número de alumnos. - Dotación de mascarillas FFP2 para todos los docentes y personal que ejerce su labor con alumnos (Fisioterapeutas, Enfermeros, Educadores, y Personal administrativo) como exige la OMS. - Realización urgente de cribados masivos para profesorado, personal laboral y alumnado de los centros educativos. - Dotación suficiente e inmediata a todos los centros educativos de equipos medidores de CO2. - Cobertura y sustitución inmediata del profesorado confinado en centros educativos, evitando así que el profesorado tenga un mayor número de contactos con alumnos con los que no imparte docencia directa. - Regulación del teletrabajo docente que evite la sobrecarga lectiva del profesorado debido a la duplicidad de tarea presencial y online de un mismo profesor. - Dotación de Enfermer@s escolares, para que realice las funciones de responsable del Covid-19 y además desarrolle las funciones de detección precoz, seguimiento de casos, enlace con los centros sanitarios y asesoramiento a los alumnos y profesores frente al Covid-19.   Por otro lado, agradecemos el esfuerzo y profesionalidad de todos los docentes y personal que realiza su trabajo en los centros educativos por estar en primera línea a pesar de las dificultades y el alto índice de contagios que hace que su trabajo se realice en espacios no seguros.   Desde ANPE apostamos por una enseñanza presencial siempre y cuando se desarrolle con total seguridad para el profesorado, por lo que EXIGIMOS a la administración educativa el cumplimiento de todas las medidas de seguridad ante esta pandemia.           Valladolid, a 1 de febrero de 2021       Secretaría de Comunicación ANPE-Castilla y León

Notas de prensa Coronavirus ANPE Informa
Aspectos a considerar sobre los equipos de protección a utilizar en algunos centros y actividades educativas
Castilla y León 17 Nov, 2020
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Aspectos a considerar sobre los equipos de protección a utilizar en algunos centros y actividades educativas. La situación epidemiológica actual de la infección por SARS-CoV-19 en nuestra Comunidad, definida por la Consejería de Sanidad como de transmisión comunitaria no controlada, ha dado lugar a declarar el nivel de alerta 4 para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, mediante el ACUERDO 78/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el nivel de alerta 4, mediante el y se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León. A lo largo de la últimas semanas se han venido recibiendo consultas y solicitudes por parte de las empleados públicos, responsables de centros y centrales sindicales para que se evaluaran las medidas preventivas de algunos puestos de trabajo en los que, bien por la propia actividad o bien por las características personales de las personas a las que se tenía que atender o interactuar con ellas, no se podían mantener todas las medidas preventivas, básicas y universales, establecidas y aceptadas por todos como necesarias para hacer frente a la actual pandemia por coronavirus. Generalmente, los centros educativos son seguros y un reflejo de lo que sucede en su entorno tal y como reconoce el Ministerio de Sanidad1: a. “¿Va a haber casos o brotes en los coles? El papel que tienen los niños y niñas en la transmisión de la enfermedad no se conoce completamente, sin embargo, los estudios publicados señalan que, aunque sí pueden transmitir la infección, parecen tener una menor capacidad de transmisión, sobre todo los menores de 10 años. Los brotes en las escuelas no son más frecuentes que en otros sectores de la sociedad y cuando hay brotes en las escuelas suele estar en relación con el grado de transmisión que hay en la comunidad. Por tanto, lo lógico es que mientras haya casos en la comunidad, se puedan dar casos y brotes en los centros educativos. Para disminuir la probabilidad de que esto suceda es importante extremar las medidas de prevención e higiene dentro y fuera del centro educativo (limitación de contactos y distancia física, lavado de manos, higiene respiratoria, uso de mascarilla, limpieza y ventilación). La aparición de casos o brotes en un centro educativo no tiene por qué suponer un fallo en las medidas de prevención ni verse como un fracaso, es muy probable que sea un reflejo del nivel de transmisión que hay en ese barrio o municipio. Las medidas están encaminadas a reducir todo lo posible la probabilidad de que ocurran casos o brotes y a realizar un manejo óptimo de los mismos.” Partiendo de esa premisa, hay que considerar algunos tipos de centros educativos y actividades específicas de algunos colectivos, no solamente educativos, en los que alguna de las medidas de prevención, estimadas como necesarias y eficaces, no puedan ser llevadas a cabo en toda su extensión bien por la imposibilidad de mantener una adecuada distancia interpersonal de seguridad bien porque al colectivo que se atiene/presta servicio no lleva o no puede llevar la correspondiente mascarilla. Es importante insistir que las situaciones de mayor riesgo se producen en aquellas tareas en las que el alumnado no pueden llevar mascarillas o no se pueden mantener, por necesidad de interactuación, la correspondiente distancia de seguridad. En general, estas circunstancias se producen cuando no es exigible el uso de mascarilla: alumnado menor de 6 años, alumnado con discapacidad o con situación de dependencia que les impida ser autónomas para quitarse la mascarilla y/o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, situaciones en las que no pueden utilizar mascarilla por razones médicas o personales, .., y en la actividad laboral diaria de atención y educación a esos colectivos de alumnos que implican una cercanía personal y/o necesidad de interacción física con los mismos. Dependiendo de las actividades que los profesionales vayan a llevar a cabo, los centros educativos y las categorías profesionales en que se pueden producir las situaciones anteriores, son: a. Equipos de Atención Temprana (EAT) b. Personal docente de primer y segundo ciclo de educación infantil de 0 a 6 años. c. Personal docente de instrumentos de viento. d. Personal docente de educación física, cuando los alumnos realicen actividades deportivas sin mascarilla y en espacios cerrados. e. Personal docente, maestros, ayudantes técnicos educativos, personal de enfermería y fisioterapeutas de los Centros de Educación Especial. f. Personal que realice actividades con contacto próximo a alumnos que no lleven mascarilla por cualquier otra circunstancia. En estos casos, lo mismo que se ha definido para otros colectivos de empleados públicos que se encuentran es situaciones similares, sería necesario utilizar una mascarilla autofiltrante tipo FFP2 sin válvula de exhalación, siendo posible utilizar, en caso que se produjera una situación de desabastecimiento o falta de las mismas, una mascarilla quirúrgica más pantalla de protección facial. La utilización complementaria de pantalla de protección facial dependerá de las actividades concretas que se lleven a cabo en cada centro de trabajo, por parte de las diferentes categorías profesionales y que, en el desarrollo de las mismas, se puedan originar salpicaduras o similares que puedan afectar a los empleados públicos.

Acuerdos ANPE Informa Coronavirus
Protocolo Trabajadores Especialmente Sensibles (TES)
Castilla y León 09 Oct, 2020
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Protocolo Trabajadores Especialmente Sensibles (TES) PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA EL ESTUDIO DE TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLE (TES) DENTRO DEL PERSONAL DOCENTE DE LA CONSEJERIA DE EDUCACIÓN QUE PRESTA SERVICIOS EN CENTROS DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIOS DE TITULARIDAD PÚBLICA DURANTE EL CURSO 2020/2021. El artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece la necesidad de protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. En determinados casos, hay posibilidades de que una infección por COVID-19 pueda afectar de una manera más grave a determinados colectivos de personas. Estas personas son las que denominamos trabajadores especialmente sensibles (TES) o personas con especial vulnerabilidad. En estas situaciones, se deben extremar las medidas de prevención y vigilancia. En el "Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al Sars-cov-2 ( 7 de octubre de 2020)", que será actualizado según se indique por las autoridades sanitarias según la evolución de la situación epidemiológica, con la evidencia científica disponibles hasta el momento (Información científica-técnica sobre el COVID-19, del Ministerio de Sanidad; ECDC;CDC), el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, diabetes, insuficiencia renal crónica, inmunodepresión, cáncer en fase de tratamiento activo, enfermedad hepática crónica severa, obesidad mórbida (IMC>40), embarazo y mayores de 60 años. En caso de que el personal docente de la Consejería de Educación que presta servicios en centros de enseñanza no universitarios de titularidad pública se encontrara en alguno de los grupos anteriores y este considerara que debe evaluarse su situación de riesgo, deben seguirse las siguientes actuaciones: El empleado público lo comunicará a la dirección del centro en el que preste servicios que dará traslado a la Secretaría Técnica de la Dirección Provincial correspondiente. La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial deberá ponerlo en conocimiento de los médicos referentes del Servicio de Prevención de Riesgos laborales para que inicie la actuación necesaria: La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial correspondiente comunicará a dichos médicos referentes, los datos necesarios para que inicie la valoración y establezca, o no, la naturaleza de especial sensibilidad del empleado público y emita informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección si fueran necesarias. Una vez realizado el informe de valoración por parte del Servicio de Prevención, se mandará copia del informe a: El propio empleado público. La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial a la que pertenezca el empleado público que lo comunicará a la dirección del centro en el que preste sus servicios. En el caso de que procediese la incapacidad temporal (IT), a la Inspección Médica para su tramitación al médico de atención primaria, o a su médico de familia de la entidad aseguradora que, en último extremo y a la vista de sus datos clínicos, decidirá la emisión o no de la correspondiente IT. Si fuera objeto de propuesta de adaptación, la Dirección Provincial a la mayor brevedad lo comunicará al interesado y al centro, se podrá contar con la colaboración de los Servicios de Prevención de las Delegaciones Territoriales y, si fuera el caso, del Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de la Función Pública. Se procurará contestar con la mayor diligencia a los solicitantes una vez que el Servicio de Prevención determine adaptar el puesto al docente. En tanto en cuanto se proceda a determinar la solución a la situación concreta del docente afectado, este continuará prestando sus servicios a través de las vías habilitadas con las máximas medidas de protección y en función de lo que determine el Servicio de Prevención.       Ficheros disponibles Protocolo Trabajadores Especialmente Sensibles (TES).                                                               196 KB3 páginas  

Coronavirus ANPE Informa Novedades
Pautas COVID-19 para mutualistas de Muface
Castilla y León 20 Sep, 2020
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Pautas COVID-19 para mutualistas de Muface. A) Si usted o cualquiera de sus beneficiarios tienen síntomas, se trata de ASISTENCIA SANITARIA, así que tras AISLARSE:       A.1) Si es de entidad concertada, debe llamar al médico o centro de urgencias de su entidad, según síntomas, que será la que haga evaluación de su caso. Si se prescribe la prueba, debe pedir prescripción e informe al médico para solicitar la autorización a dicha entidad.     A.2) Si es de opción pública, debe llamar a su centro de salud o los tels. de salud pública de su comunidad autónoma.         B) Si usted o sus beneficiarios han sido contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado, habiendo siendo comunicado como tal, será Salud Pública de la correspondiente comunidad autónoma la que se pondrá en contacto con usted para determinar las medidas a seguir en cada caso y según protocolo autonómico, independientemente de su adscripción. Si este contacto no se ha producido en los dos primeros días llame a los teléfonos específicos de su servicio público de salud para que se valore su caso y se realicen las pruebas, si proceden. En cualquier caso debe aislarse, y tenga en cuenta que se trata de vigilancia epidemiológica y según la DA Cuarta apartado 1 de la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del SNS, la competente en todo caso es Salud Pública de cada CA. Vea EN ESTE ENLACE los teléfonos de cada comunidad autónoma. Si el contacto se ha producido en el ámbito laboral, debe seguir las indicaciones de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Toda la información está en nuestra página web, aquí, en Información Coronavirus/Cobertura mutualistas por síntoma o contacto. Si tiene dudas, por favor, contacte con su Servicio Provincial en Nuestras Oficinas ENLACE, llame al teléfono 060 o bien escriba su consulta en el Formulario Web ENLACE, al que también puede acceder desde la APP Móvil MUFACE ENLACE.  

Coronavirus Muface ANPE Informa
La Consejería de Educación se compromete con los sindicatos a trabajar por un CURSO ACADÉMICO 2020/21 SEGURO.
Castilla y León 05 Sep, 2020
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    LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN SE COMPROMETE CON LOS SINDICATOS A TRABAJAR POR UN CURSO SEGURO   En el día de hoy, CSIF, STECYL, ANPE y UGT hemos firmado las bases para un ‘Acuerdo por el que se establecen determinadas medidas para los funcionarios docentes de los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación de Castilla y León, ante la situación de pandemia por COVID-19 durante el curso 2020-2021’. La principal preocupación de los sindicatos, a lo largo de estos meses, ha sido que la Consejería tome las medidas necesarias para garantizar la seguridad sanitaria de alumnado y profesorado, en este curso que empieza. Fruto de las negociaciones llevadas a cabo, hemos arrancado el compromiso de la Consejería de Educación de desarrollar y concretar determinadas medidas que nos permitan afrontar este curso 2020-2021 con la seguridad que todos deseamos, para tener un desarrollo del curso con la mayor normalidad posible.  La Consejería se ha comprometido a mantener las reuniones necesarias para desarrollar estos aspectos y el próximo lunes, 7 de septiembre, mantendremos ya la primera reunión de la Comisión de Seguimiento. En el desarrollo de estas negociaciones, la Consejería se ha comprometido a contratar el profesorado necesario para mantener la distancia de seguridad que figura en los protocolos de seguridad publicados, o que puedan publicarse posteriormente; a elaborar protocolos específicos para profesorado especialmente sensible, adaptándose a nuestra peculiaridad docente; y a facilitar medidas de conciliación que serán necesarias a lo largo de este curso tan complejo. Un punto fundamental, a la hora de suscribir este documento, es que la Consejería de Educación asumirá cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las actuaciones de los equipos COVID de cada uno de nuestros centros, en el cumplimiento de sus funciones. Las cuatro organizaciones sindicales firmantes estaremos vigilantes para desarrollar estas bases que, aunque lleguen tarde, suponen importantes compromisos para dar respuesta a las numerosas demandas del profesorado de la enseñanza pública de nuestra Comunidad, y a las situaciones difíciles que se están produciendo en los centros educativos.    En Valladolid, a 5 de septiembre de 2020

Acuerdos Coronavirus ANPE Informa
Actuaciones sanitarias en los centros educativos de CyL. ACUERDO 49/2020, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León
Castilla y León 01 Sep, 2020
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 ACUERDO 49/2020, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se da publicidad, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, a la Orden comunicada del Ministro de Sanidad, de 27 de agosto de 2020.   I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN D. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ACUERDO 49/2020, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se da publicidad, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, a la Orden comunicada del Ministro de Sanidad, de 27 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020-21. Debido a la evolución de la situación epidemiológica, el 27 de agosto de 2020, y previa reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el Ministerio de Sanidad, al amparo de lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, ha comunicado a esta Comunidad Autónoma la Orden Ministerial de 27 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020-21. El apartado 1 del artículo 65 de Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud establece que «la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponderá al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se le informará de manera urgente de las medidas adoptadas». Así mismo, el apartado 2 del citado artículo prevé que la declaración de actuaciones coordinadas, aprobada por el Ministerio de Sanidad, es de obligado cumplimiento por todas las partes incluidas. En este contexto normativo, la Junta de Castilla y León, en su condición de autoridad sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.r) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, acuerda dar publicidad a la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública aprobada por la orden ministerial. En su virtud, a iniciativa de las Consejerías de Sanidad y Educación, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 31 de agosto de 2020, adopta el siguiente ACUERDO Primero.– Dar publicidad, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, a la Orden Ministerial de 27 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020-21, cuya reproducción literal se incorpora en el Anexo del presente acuerdo. Segundo.– El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del 1 de septiembre de 2020, y mantendrá su eficacia, tal y como señala la declaración de actuaciones coordinadas, hasta que se apruebe por el Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades autónomas, la finalización de su vigencia. Valladolid, 31 de agosto de 2020. El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco El Consejero de Economía y Hacienda, Fdo.: Carlos Fernández Carriedo ANEXO POR EL QUE SE DA PUBLICIDAD A LA ORDEN COMUNICADA DEL MINISTERIO DE SANIDAD «ORDEN COMUNICADA DEL MINISTRO DE SANIDAD, DE 27 DE AGOSTO DE 2020, MEDIANTE LA QUE SE APRUEBA LA DECLARACIÓN DE ACTUACIONES COORDINADAS EN SALUD PÚBLICA FRENTE AL COVID-19 PARA CENTROS EDUCATIVOS DURANTE EL CURSO 2020-21. La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requirió la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. En este sentido, el estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, permitió hacer frente a la situación de emergencia sanitaria con medidas para proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud. Tras el levantamiento progresivo de las medidas de contención durante la aplicación de las diferentes fases del Plan para la Transición a una nueva normalidad, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de abril de 2020, el pasado 21 de junio finalizó la vigencia del estado de alarma, si bien fue preciso adoptar una serie de medidas para hacer frente a la pandemia y prevenir y controlar el incremento de casos. Estas medidas se incluyeron en el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de Medidas Urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la emergencia ocasionada por el COVID-19. Asimismo, las diferentes comunidades autónomas y ciudades autónomas, en el marco de sus competencias, han adoptado una serie de actos y disposiciones con el objetivo de prevenir, controlar y contener la pandemia en su ámbito territorial. Además, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el pasado 16 de julio de 2020 el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19, en el que se prevé que, al objeto de “reducir al máximo la transmisión del virus, minimizando su impacto en la salud y en la sociedad, las instituciones deben estar preparadas para responder a cualquier escenario de riesgo para la salud pública, asumiendo (…) que es necesaria la coordinación y la toma de decisiones conjunta en función de los diferentes escenarios”. El cierre de los centros educativos fue una de las primeras medidas que se adoptaron para hacer frente a la pandemia por lo que en España se ha producido un cierre muy prolongado. Por otra parte, existe amplia evidencia de la que se han hecho eco organismos internacionales como UNICEF, UNESCO, ONU o la OMS sobre el impacto que tiene el cierre de los centros educativos en las oportunidades de crecimiento y desarrollo de niños, niñas y adolescentes y en la generación en consecuencia de desigualdades sociales. Por otra parte, la evidencia apunta que los niños, niñas y adolescentes tienen menor probabilidad de sufrir complicaciones de la enfermedad y que la mayoría de ellos presentan un cuadro de infección leve o asintomática. Además, todavía no existe suficiente evidencia científica con respecto al papel que tienen los niños y niñas en la transmisión de la enfermedad, aunque parecen tener una menor capacidad de transmisión en contextos de transmisión comunitaria controlada. En la actualidad aún se desconoce de manera precisa el impacto positivo que el cierre de las escuelas tiene en los niveles de transmisión comunitaria del COVID-19: No obstante, la evidencia disponible indica que el cierre de centros educativos, como medida aislada, tiene poca probabilidad de ser efectivo para controlar la transmisión. Además, se ha observado que cuando se aplican medidas adecuadas de prevención e higiene, las escuelas no son espacios donde se produzca mayor propagación que otros entornos de la comunidad, como el laboral o el de ocio. Por todo ello, las decisiones sobre las medidas de control y el cierre o apertura de los centros educativos deben ser coherentes con las decisiones sobre otras medidas de respuesta de distanciamiento físico y salud pública dentro de la comunidad y nunca plantearse como medidas aisladas. El 11 de junio se adoptaron los “Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Educación, para el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021”, que detallan 14 compromisos educativos para la organización del curso escolar 20-21. Por otra parte, con el fin de lograr una mejor prevención y control de la pandemia, así como para procurar la seguridad de niños, niñas, adolescentes, profesores y demás miembros de la comunidad educativa, con fecha 22 de junio de 2020, los Ministerios de Sanidad y de Educación y Formación Profesional acordaron y difundieron una guía de “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 en el curso 2020-2021”. Esta guía de recomendaciones fue consensuada y compartida con las comunidades y ciudades autónomas, las cuales se han inspirado en ella para elaborar sus propios protocolos y planes de contingencia para los centros docentes. Dicho documento incluye una serie de recomendaciones que siguen siendo válidas, por lo que pueden servir de referencia básica para el inicio del nuevo curso, dentro siempre del respeto a las competencias autonómicas que establece nuestro marco constitucional. La situación actual de la COVID-19 aconseja volver a insistir especialmente en algunos aspectos de aquel protocolo, así como a incluir algunas especificaciones adicionales con objeto de clarificar la aplicación del mismo. Por ese motivo, esta declaración de actuaciones coordinadas se adopta teniendo en cuenta el parecer de la Conferencia Sectorial de Educación. En efecto, hay que tener presente que la educación resulta clave para la adquisición de conocimientos y habilidades, pero, sobre todo, para el desarrollo como persona del alumnado. La educación no presencial no garantiza estas capacidades de crecimiento y desarrollo personal, sino que conlleva evidentes riesgos de generar inequidades de carácter formativo y social, aumentando la brecha educativa. Igualmente, la posibilidad de que se lleve a cabo el cierre de centros educativos en unas determinadas zonas, como instrumento para luchar contra la COVID-19, puede acarrear el desplazamiento de parte del alumnado y de familias a otras zonas geográficas donde se mantenga la actividad académica en su formato habitual, con el consiguiente riesgo de transmisión del virus. Se hace, por tanto, necesario retomar de forma prioritaria la actividad educativa presencial pero adoptando una serie de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 que garanticen que la misma se realiza de la manera más segura posible. Para la prevención de la transmisión del SARS-CoV-2 es necesario mantener una distancia interpersonal de seguridad de al menos 1,5 metros, tal como recoge el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de Medidas Urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Así mismo, se debe tratar de disminuir el número de personas total con las que se interacciona y evitar las aglomeraciones. Dado que los niños y niñas de menor edad tienen mayor dificultad para el cumplimiento de la distancia, y a su vez, tienen necesidad de mayor interacción y cercanía en los cuidados para el cumplimiento de los objetivos educativos y para su adecuado desarrollo, la mejor alternativa es el establecimiento de grupos de convivencia estables. Estos grupos estarán formados por un número reducido de alumnos y un tutor/a de referencia, debiendo dichos grupos evitar la interacción con otros. De esta manera, se disminuye la transmisión a través de minimizar las interacciones y se posibilita que los niños y niñas de menor edad puedan socializar y jugar entre sí sin tener que mantener la distancia interpersonal de forma estricta. Así mismo, los grupos de convivencia estable facilitan el estudio de contactos y las indicaciones de cuarentena cuando se produzca algún caso. Las consejerías de educación conservan margen para flexibilizar el máximo del alumnado para los grupos de convivencia estable siempre que la autoridad sanitaria de salud pública de dicha Comunidad Autónoma así lo autorice. El uso de la mascarilla previene la transmisión, siendo en todo caso una medida complementaria de prevención que no sustituye a la distancia interpersonal de 1,5 metros ni a las demás medidas. En el caso de los niños y niñas de menor edad es difícil asegurar un uso correcto de la misma durante mucho tiempo, por ello es obligatoria a partir de los 6 años de edad. Más allá de las medidas de limitación de contactos y de prevención personal cobran especial relevancia las de limpieza y ventilación. Cada vez hay más evidencia del impacto que los espacios cerrados tienen en la transmisión del virus, por lo que también se actualizan las recomendaciones sobre ventilación, intensificando su duración y frecuencia, y se recomienda la importancia de priorizar cuando sea posible las actividades al aire libre. Es fundamental el asegurar el acceso a un menú saludable para todo el alumnado, por lo que se resalta el papel esencial de los comedores, siendo prioritario el mantenimiento de este servicio ya sea en el centro educativo o para llevar a domicilio, y la necesidad de implementar medidas que faciliten que se puedan cumplir las medidas de distancia e higiene en los comedores o espacios alternativos habilitados para tal fin. La probabilidad de trasmisión en el centro educativo, como en otros entornos de la comunidad, puede variar en función de la situación epidemiológica, por lo que en función de esta se podrán necesitar medidas adicionales. El papel de los centros educativos es esencial, por lo que se debe mantener su actividad priorizando, al menos, la educación presencial de la infancia y adolescencia en situación de especial vulnerabilidad (social o por necesidades educativas). La experiencia en otros países que ya han abierto durante meses sus centros educativos nos enseña que se van a producir casos y algunos brotes, como en el resto de ámbitos de la comunidad, pero que una gestión adecuada de los mismos minimiza su impacto, de ahí la importancia de contar con un procedimiento común para su gestión. Por todo ello, y tal y como se acordó en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 11 de junio de 2020, el curso escolar 2020-2021 comenzará en las fechas habituales del mes de septiembre y seguirá unas pautas temporales similares a otros cursos académicos. Se proporcionará a toda la comunidad educativa un entorno seguro, saludable y sostenible, teniendo en cuenta las decisiones de las autoridades sanitarias en función de la situación epidemiológica. En todo caso, se adoptará la actividad lectiva presencial como principio general para todos los niveles y etapas, priorizándola para el alumnado de menor edad, al menos hasta el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria. La evolución de la situación epidemiológica, la diversidad y heterogeneidad de algunas de las medidas adoptadas en los diferentes territorios y la necesidad de alinear los esfuerzos conjuntos de todas las autoridades sanitarias, aconsejan establecer un mínimo común de medidas que deberán ser adoptadas por las comunidades y ciudades autónomas en el ámbito competencial que les es propio, utilizando la figura de la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública prevista en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Estas medidas se toman teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual y se adaptarán al escenario existente en cada momento, ajustándose a la baja o haciéndose más exigentes, según la valoración que hagan de la evolución epidemiológica de la pandemia los órganos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En concreto esta Declaración de Actuaciones Coordinadas incluye 23 medidas, y 5 recomendaciones para su aplicación por las administraciones competentes, tomando en consideración las propuestas discutidas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación. Esta Declaración de Actuaciones Coordinadas viene referida a un ámbito material en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general de la sanidad, de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias e incluye a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla a los efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. La presente Declaración se dicta previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en sesión celebrada el 27 de agosto de 2020 y después de haber dado audiencia a todas las comunidades y ciudades autónomas. En su virtud, RESUELVO: PRIMERO.– Declarar como actuaciones coordinadas en salud pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, las siguientes medidas: I.– Medidas referidas a centros educativos. A) Apertura de los centros educativos/presencialidad. 1. Con carácter general, la actividad lectiva será presencial para todos los niveles y etapas del sistema educativo, priorizándola para el alumnado de menor edad, al menos hasta el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria. La suspensión generalizada de la actividad lectiva presencial de forma unilateral por parte de una Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma, únicamente se adoptará ante situaciones excepcionales. 2. Los centros educativos se mantendrán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, así como apoyo lectivo a menores con necesidades especiales o pertenecientes a familias socialmente vulnerables, siempre y cuando la situación epidemiológica lo permita, en base a las indicaciones de las autoridades sanitarias. 3. Los centros educativos promoverán que las reuniones de coordinación y aquellas otras actividades no lectivas que sean posible, se realicen de forma telemática. B) Coordinación efectiva. 4. Se constituirá un grupo de coordinación y seguimiento de la evolución de la pandemia por las Consejerías competentes en materia de Sanidad y Educación a nivel autonómico. 5. Todos los centros educativos designarán a una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID que debe estar familiarizada con todos los documentos relacionados con centros educativos y COVID-19 vigentes. Esta persona actuará como interlocutor con los servicios sanitarios a requerimiento de la unidad de salud pública correspondiente o por propia iniciativa cuando deba consultar algún asunto y deberá conocer los mecanismos de comunicación eficaz que se hayan establecido con los responsables sanitarios de su ámbito territorial. C) Limitación de contactos. 6. De forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas en el centro educativo. 7. El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. 8. En educación infantil y en primer ciclo de educación primaria, la organización del alumnado se establecerá, con carácter general, en grupos de convivencia estable, en cuyo ámbito no se aplicarán criterios de limitación de distancia. Se debe garantizar la estanqueidad del grupo de convivencia estable en todas las actividades que se realicen dentro del centro educativo. 9. Se evitarán aquellas actividades en el centro educativo que conlleven la mezcla de alumnado de diferentes grupos de convivencia o clases, en las que no se pueda mantener la distancia mínima interpersonal. 10. Los eventos deportivos o celebraciones que tengan lugar en los centros educativos se realizarán sin asistencia de público. D) Medidas de prevención personal. 11. Se realizará una higiene de manos de forma frecuente y meticulosa al menos a la entrada y salida del centro educativo, antes y después del patio, de comer y siempre después de ir al aseo, y en todo caso un mínimo de cinco veces al día. 12. El alumnado recibirá educación para la salud para posibilitar una correcta higiene de manos e higiene respiratoria y el uso adecuado de la mascarilla. E) Limpieza, desinfección y ventilación del centro. 13. Se ventilarán con frecuencia las instalaciones del centro, al menos durante 10-15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases, manteniéndose las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible. 14. Se intensificará la limpieza, en especial en los baños y en las superficies de mayor uso. F) Comedores escolares. 15. Los comedores, o espacios alternativos habilitados para las comidas, permitirán la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, salvo en el caso de pertenecientes a un mismo grupo de convivencia estable. Se asignarán puestos fijos durante todo el año para el alumnado y se garantizará la estanqueidad en el caso de los grupos de convivencia estable. G) Transporte escolar. 16. En el transporte escolar colectivo será obligatorio el uso de mascarilla a partir de 6 años de edad, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico y recomendable en niñas y niños de 3 a 5 años. Se asignarán a asientos fijos al alumnado para todo el curso escolar, salvo que, en base a la situación epidemiológica, las autoridades sanitarias determinen un uso más restrictivo del mismo. H) Gestión de casos y Actuación ante brotes. 17. Ante la aparición de casos en el centro educativo, las medidas de prevención y control se llevarán a cabo por parte de la unidad de Salud Pública de la comunidad o ciudad autónoma en base al documento técnico elaborado por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta: «Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos», que tiene como ejes de actuación los siguientes: Evitar la asistencia al centro de personas sintomáticas. Aislamiento precoz y referencia al sistema sanitario de personas con síntomas. Mantenimiento de la actividad extremando precauciones hasta confirmar o descartar la infección en la persona sintomática. Cuarentena de los contactos estrechos en los términos que decida la unidad de Salud Pública de la comunidad o ciudad autónoma en base a la “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19”, la cual propone la realización de PCR a los contactos estrechos para identificar otros posibles infectados y la cuarentena de 14 días o 10 días tras PCR negativa en muestra tomada ese día. 18. El centro educativo informará, explícitamente y con confirmación de recepción de la información, a los padres, madres y otras figuras parentales, o al alumnado mayor de edad, de que el alumnado con cualquier sintomatología aguda no puede acceder al centro educativo. Los centros educativos pueden establecer mecanismos para la identificación de síntomas en los alumnos a la entrada al mismo o una declaración responsable de los progenitores. 19. Se tomará la temperatura corporal a todo el alumnado y el personal de forma previa al inicio de la jornada. En caso de que la toma de temperatura se lleve a cabo en el centro educativo, cada centro dispondrá la forma de llevar a cabo esta actuación, evitando en todo caso aglomeraciones y asegurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros. 20. No acudirán al centro educativo aquellas personas que tengan síntomas compatibles con COVID-19, ya sean parte del alumnado, profesorado u otro personal, así como aquellas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19 o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso de COVID-19. 21. Los trabajadores vulnerables al COVID-19 mantendrán las medidas de protección de forma rigurosa, de acuerdo con la evaluación realizada por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y su informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección necesarias, siguiendo lo establecido en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2. 22. Se informará y formará a las personas trabajadoras sobre los riesgos de contagio y propagación de la COVID-19, con especial atención a las vías de transmisión y las medidas de prevención y protección adoptadas en el centro. 23. La realización de actividades y modalidades formativas en centros no educativos atenderá a los criterios de prevención y control establecidos para el sector correspondiente. II.– Recomendaciones referidas a centros educativos. 24. Priorizar en la medida de lo posible la utilización de espacios al aire libre. 25. En las etapas educativas superiores al primer ciclo de Educación Primaria el alumnado podrá así mismo organizarse en grupos de convivencia estable en la medida de lo posible. 26. Priorizar la comunicación con las familias mediante teléfono, correo electrónico, mensajes o correo ordinario, facilitando las gestiones administrativas de forma telemática. 27. Se recomendará a la ciudadanía la priorización del transporte activo (andando o en bicicleta) en rutas seguras a la escuela como opción de movilidad que mejor garantiza la distancia interpersonal, siendo además una opción más saludable y que evita compartir espacios cerrados. 28. Emprender acciones para prevenir el estigma o discriminación en relación con la COVID-19, cuidando de manera especial las situaciones de mayor vulnerabilidad emocional y social que hayan podido producirse como consecuencia esta pandemia. SEGUNDO.– Para el adecuado seguimiento de la evolución de la pandemia, y la posible adopción de medidas de forma coordinada, se continuará celebrando semanalmente una reunión del pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Estas sesiones serán convocadas con la citada periodicidad por los órganos competentes para ello. Asimismo, el Ministerio de Educación y Formación Profesional convocará las reuniones que considere necesarias de la Comisión General de Educación, con objeto de analizar el impacto de la pandemia en los centros educativos. TERCERO.– Todas las medidas y recomendaciones contempladas en esta Declaración de Actuaciones Coordinadas se deberán adaptar de acuerdo con la evolución de la situación epidemiológica, a las indicaciones de las autoridades sanitarias y a las guías, protocolos y procedimientos de actuación existentes o que se desarrollen en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para cada escenario previsto de transmisión del SARS-CoV-2. Asimismo, se tomarán las medidas oportunas y se garantizarán los recursos materiales y humamos necesarios para dar respuesta a lo establecido en las medidas consensuadas por ambos sectores (sanidad y educación) en el documento del 22 de junio de 2020: “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021”. Las medidas incluidas en el protocolo conjunto del 22 de junio, así como las destacadas en este documento, se adoptarán en todo caso de acuerdo con lo que dispongan al efecto las Administraciones educativas y sanitarias competentes. CUARTO.– En los supuestos en que la ejecución de las actuaciones contempladas en esta Declaración de Actuaciones Coordinadas requiera de la adopción, por parte de las Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas, de algún acto o disposición, estas se adoptarán a más tardar el 31 de agosto de 2020. QUINTO.– Esta Declaración de Actuaciones Coordinadas producirá efectos hasta que se apruebe por el Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades autónomas, la finalización de su vigencia. SEXTO.– Contra la presente orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes desde su notificación o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE a las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Madrid, 27 de agosto de 2020 EL MINISTRO DE SANIDAD, Salvador Illa Roca.» BOCYL-D-01092020-4.pdf - 348 KB BOCYL-D-01092020-4.xml - 31 KB

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El Gobierno acuerda con las CCAA una Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública frente COVID-19 para c. educativos
Castilla y León 27 Ago, 2020
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El Gobierno acuerda con las CCAA una Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública frente al COVID-19 para centros educativos. El documento recoge la necesidad de retomar “de forma prioritaria” la actividad educativa presencial adoptando para ello una serie de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud que garanticen la vuelta a las aulas de forma segura Como norma general se mantendrá una distancia interpersonal de 1,5 metros, tal y como recoge el RDL 21/2020 de 9 de junio, pero se establecerán grupos de convivencia estables para que los niños y niñas de menor edad puedan socializar y jugar entre sí sin tener que mantener esa distancia La mascarilla será obligatoria a partir de los 6 años; se actualizan las recomendaciones sobre ventilación de las aulas e higiene de manos; se resalta el papel esencial de los comedores; y los centros educativos, tal como se recogía en la guía de medidas difundida en junio, deberán designar una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID, entre otras medidas Los acuerdos incluyen actuaciones coordinadas en relación con la vacunación frente a la gripe   El Gobierno ha acordado este jueves con las CCAA una Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública frente al COVID-19 para los centros educativos durante el curso 2020-2021. En total, 29 medidas y 5 recomendaciones para su aplicación por las administraciones competentes. Este acuerdo permite seguir avanzando en dotar a las administraciones públicas de un marco común y construyendo un modelo de cogobernanza que genere confianza en la comunidad educativa. La reunión se ha celebrado de forma telemática y en ella han participado el ministro de Sanidad, Salvador Illa; la ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá; la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias; y los consejeros y consejeras autonómicas de Sanidad y Educación. En primer lugar, Gobierno y CCAA han acordado que, con carácter general, la actividad lectiva será presencial para todos los niveles y etapas del sistema educativo, priorizándola para el alumnado de menor edad, al menos hasta el segundo curso de la ESO. El documento reitera la necesidad de retomar “de forma prioritaria” la actividad educativa presencial adoptando para ello una serie de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud que garanticen la vuelta a las aulas de forma segura. Los centros educativos se mantendrán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, así como el apoyo educativo a menores con necesidades especiales o de familias socialmente vulnerables, siempre y cuando la situación epidemiológica lo permita. El personal que trabaje en el centro educativo reducirá a lo imprescindible su permanencia en el mismo para lo que se promoverá la realización telemática de todas aquellas actividades no lectivas que así lo permitan. Además, tal como ya se recogía en el documento Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente a COVID19 para Centros Educativos en el curso 2020-2021, elaborado por los Ministerios de Sanidad y Educación el pasado mes de junio, todos los centros deberán designar a una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID. Medidas de prevención De forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros. En educación infantil y en primer ciclo de educación primaria, el alumnado se organizará en grupos de convivencia estable para que los niños y niñas puedan socializar y jugar entre sí. En estos casos, no se aplicarán los criterios de limitación de distancia. Por otro lado, la Declaración de actuaciones coordinadas establece el uso de la mascarilla obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal. Medidas de higiene Se realizará una higiene de manos de forma frecuente y meticulosa, al menos cinco veces al día. Además, el alumnado recibirá educación para la salud. Se intensificará la limpieza de los centros, en especial en los baños y de lugares de mayor uso. Asimismo, se ventilarán con frecuencia las instalaciones, al menos durante 10-15 minutos. Los comedores permitirán la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, salvo en el caso de pertenecientes a un mismo grupo de convivencia estable. Se asignarán puestos fijos durante todo el año para el alumnado. En el transporte escolar será obligatorio el uso de la mascarilla a partir de 6 años y recomendable en niñas y niños de 3 a 5 años. Además, se tomará la temperatura corporal a todo el alumnado y al personal de forma previa al inicio de la jornada. En caso de que la toma de temperatura se realice en el centro educativo, éste dispondrá la forma de llevarlo a cabo evitando en todo caso aglomeraciones y asegurando el mantenimiento de la distancia mínima interpersonal. Las personas que tengan síntomas compatibles con COVID19 no acudirán al centro, ya sean parte del alumnado, profesorado u otro personal. Gestión de casos Por otro lado, el Ministerio de Sanidad ha presentado a las CCAA para su acuerdo, en el marco de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del SNS, una 'Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID19 en centros educativosEnlace externo, se abre en ventana nueva' . Se trata de un documento técnico que servirá de base a la hora de tomar las medidas de prevención y control que llevarán a cabo las unidades de Salud Pública de las CCAA en caso necesario. La guía establece como ejes de actuación evitar la asistencia al centro de personas sintomáticas; el aislamiento precoz y referencia al sistema sanitario de personas con síntomas; el mantenimiento de la actividad lectiva extremando precauciones hasta los resultados de las pruebas diagnósticas; y la cuarentena de los contactos estrechos. Vacunación frente a la gripe Dada una posible coexistencia durante esta próxima temporada 2020-2021 de la circulación de los virus de la gripe y COVID19, Gobierno y CCAA han acordado nuevos objetivos con la finalidad de proteger a los más vulnerables: alcanzar al menos coberturas del 75% en personal sanitario y mayores de 65 años; y de un 60% en embarazadas y personas con condiciones de riesgo. La campaña de vacunación se realizará de forma coordinada en todas las CCAA y ciudades autónomas y comenzará en la primera quincena de octubre. 'Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID19 en centros educativosEnlace externo, se abre en ventana nueva'.  Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública frente al COVID-19 para los centros educativos. 

Coronavirus Centros ANPE Informa
Por tu Salud, Por tu Escuela, SI, a la Enfermera Escolar
Castilla y León 20 Ago, 2020
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  POR TU SALUD, POR TU ESCUELA, SI, A LA ENFERMERA ESCOLAR. ANPE, miembro de la plataforma por la enfermera escolar, retoma la campaña de sensibilización dirigida a la Comunidad Educativa y a la ciudadanía que lleva por título: Por tu Salud, Por tu Escuela, SI, a la Enfermera Escolar . Con esta campaña, ANPE quiere visibilizar la importancia de la ENFERMERA ESCOLAR en los centros educativos, puesto que son el personal cualificado para realizar las medidas de prevención, detección de síntomas y control de rebrotes ante el COVID-19. Por estas razones, el servicio de enfermería escolar, no es un lujo sino una necesidad. La OMS, a su vez, ve favorable la incorporación del servicio de enfermería escolar en los centros educativos, cosa que desde ANPE siempre hemos defendido y ahora con la propagación del COVID-19 se hace mucho más necesario de cara al inicio del curso. Además, debemos recordar que UNICEF señala que son prioritarios los derechos del menor y dentro de esos derechos hay dos que son innegociables, el derecho a la salud y el derecho a la educación, que son el motivo de la campaña. ANPE seguirá demandando la adecuación de espacios, disminución de ratios, aumento de las plantillas del profesorado y un plan de digitalización que compense la enseñanza presencial. Puesto que, si algo nos ha enseñado esta pandemia, es que la figura del docente es insustituible y que la enseñanza pública nos iguala a todos. Por eso, pedimos que la vuelta a las aulas se produzca con las mayores garantías de salud posibles.

Notas de prensa ANPE en los medios Coronavirus
Protocolo de prevención y organización de los Servicios Complementarios y Actividades Extraescolares en c. educativos 2020/21
Castilla y León 30 Jul, 2020
importante

Protocolo de prevención y organización de los Servicios Complementarios y Actividades Extraescolares en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 Una vez publicado el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos para el curso escolar 2020-2021, según las indicaciones del Acuerdo 29/2020, de 19 de junio de la Junta de Castilla y León, que fue elaborado por la Consejería de Educación con el asesoramiento de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares, sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas tanto en el Acuerdo como en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las que se desarrollen las actividades anteriormente señaladas.   1.- Comedores Escolares. En todos los comedores escolares será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021. En todos los comedores escolares deberá estar disponible hidrogel a cargo del centro, tanto en la entrada del mismo, como en aquellos lugares donde sea preciso. Con respecto a alumnos usuarios de comedor, transporte escolar y madrugadores se deben agrupar en el mismo turno siempre que se cumplan las medidas de distanciamiento interpersonal y tendrán prioridad en el primer turno de comedor, con la finalidad de gestionar con la mayor eficacia posible las diferentes rutas de transporte existentes. Las ratios de alumnos/monitor no se verán afectadas por la formación de grupos estables de convivencia. En la medida de lo posible y si el número de alumnos lo permite un mismo monitor atenderá a un único grupo estable. En caso que el número alumnos de un grupo estable sea inferior a la ratio que rige el contrato, un mismo monitor puede atender a varios grupos estables manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa entre la atención a los diferentes grupos. En el supuesto de que en un comedor sea preciso introducir más de dos turnos y para evitar que el periodo de comida sea excesivamente largo, lo que acarrearía otras dificultades organizativas previas y posteriores al servicio de comedor en el alumnado que espere para acceder al mismo, se contemplará la posibilidad de realizar un turno inicial previo con el alumnado de educación infantil. Cuando existan varios turnos de comedor, durante el tiempo de espera se respetarán las normas establecidas en el Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, relativas a la gestión de movimientos en el centro o gestión del patio entre otras, respecto a la separación e interacción de grupos estables de convivencia. La vigilancia de los alumnos en el tiempo de espera entre turnos será realizada por el personal de comedor, siendo en caso necesario ampliado el número de cuidadores. A la hora de elaboración de los diferentes turnos de comedor, se podrá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León, en todo caso se garantizará el uso en primer lugar del comedor a todos los alumnos transportados. Los comensales esporádicos sólo podrán hacer uso del comedor en los casos en los que exista espacio suficiente para garantizar el cumplimiento del protocolo. En los centros donde no sea posible atender estas peticiones esporádicas deberán establecer en la aplicación de comedores el centro con límite de plazas. Así mismo, deberá advertirse al inicio del curso escolar esta circunstancia para general conocimiento de los padres del alumnado. 2.- Transporte Escolar. En el transporte escolar cada alumno utilizará todo el curso académico el asiento que tenga preasignado, siendo obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021. En la realización de las tareas de limpieza y desinfección que, de conformidad con lo señalado en el apartado 3.8.5 del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, deberán llevar a cabo los vehículos que realicen varios viajes en diferentes turnos horarios, se tomarán como referencia los criterios que en su día fueron exigidos, durante el estado de alarma, a través de la Orden FYM/298/2020 de 20 de marzo (BOCYL nº 51 de 13 de marzo) y que, en relación con los vehículos se centraban en "La desinfección diaria de superficies y puntos comunes al tacto tanto para las personas usuarias como para los trabajadores (puesto de conducción y cobro, salpicadero, repisas, asideros, barras de sujeción, agarraderas, posabrazos y asientos, marcos inferiores de ventanas, mandos de apertura y canceladoras, etc.), así como la eliminación diaria de desechos.", prescribiendo asimismo que "La desinfección se realizará con desinfectantes de uso público en general, como la lejía o con una solución de hipoclorito sódico que contenga 1.000 ppm de cloro activo (dilución 1:50 de una lejía con concentración 30-50 gramos por litro, preparada recientemente)." Para la organización del transporte escolar las direcciones provinciales de educación, a través de las comisiones provinciales correspondientes, harán seguimiento y marcarán pautas para la coordinación que los directores de los centros, en el ámbito de su competencia, establezcan con los contratistas responsables de las rutas de transporte las posibles adaptaciones y flexibilización de horarios que pudieran derivarse de la aplicación del Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los Centros Educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.   3.- Madrugadores y tardes en el cole. En relación al acceso al centro, los monitores responsables deberán estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar, así como para la organización de los espacios en la misma. En la prestación de los servicios de madrugadores y tardes en el cole será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021. En el caso de alumnos pertenecientes a un grupo estable de convivencia ocuparan preferentemente en una única aula por grupo si el número de estos está acorde con la ratio establecida para cada monitor. En caso de ser inferior en cada aula se establecerá una zona diferenciada y señalizada para los alumnos de cada grupo estable, manteniendo la distancia de seguridad respecto a otros grupos estables u otros alumnos, evitando la interacción entre ellos, pudiéndose utilizar en caso de necesidad medios físicos de separación. En el caso de grupos completos de alumnos, estables o no estables, que acudan al servicio de madrugadores se podrán utilizar sus aulas de referencia para la prestación de dicho servicio. Se evitará el uso compartido de materiales, que deberán estar almacenados en lugares específicos para cada grupo, reduciendo en la medida de lo posible el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.). En todo caso serán de aplicación el resto de medidas recogidas en el presente protocolo. El acceso será controlado en todo momento por los monitores, pudiendo el centro establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas asignadas, para evitar aglomeraciones, siendo en caso necesario ampliado el número de monitores. La limpieza de las aulas utilizadas para estos servicios será realizada después de cada uso. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas de madrugadores/tardes en el cole, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso, ampliando en caso necesario el número de limpiadores.   4.- Actividades extraescolares. Durante la realización de actividades extraescolares será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 Se recomienda a las familias minimizar el uso de las actividades extraescolares por el incremento del riesgo de contagio que supone para el alumnado, utilizándose preferentemente por aquellas familias con necesidades de conciliación. Al igual que para las actividades complementarias, se deberá tener muy en cuenta por parte de los equipos directivos a la hora de elaborar los planes de actividades extraescolares y complementarias, el riesgo-beneficio de la realización de las diferentes actividades, independientemente de quienes sean sus promotores u organizadores. Se evitarán, en la medida de lo posible, aquellas actividades extraescolares que supongan la realización de actividades físicas colectivas, por la implicación que tiene en el uso de vestuarios y duchas y en la desinfección regular que habría que hacer de los materiales deportivos de uso comunitario, priorizándose en todo caso actividades deportivas de tipo individual. Las aulas utilizadas para actividades extraescolares deberán ser limpiadas antes y después de su uso. En la medida que la organización lo permita, las actividades extraescolares deberán ser orientadas por grupos, para minimizar el contacto entre alumnos de diferentes grupos. Esta medida será tenida especialmente en cuenta para los grupos estables de convivencia. En caso de una demanda insuficiente de grupos concretos, a la hora de planificar las actividades extraescolares se deberá tener en cuenta la delimitación de espacios para los alumnos de un mismo grupo estable de convivencia. Los monitores irán colocando a los alumnos en el espacio que les corresponda dentro del aula según pertenezcan o no a un grupo estable de convivencia, evitando en todo momento la interacción entre ellos. En relación al acceso al centro, los monitores responsables de cada actividad deberán estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar las mismas, así como para la organización de los diferentes espacios. El acceso a las diferentes actividades será controlado en todo momento por los monitores, pudiendo el centro establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas para cada actividad extraescolar, para evitar aglomeraciones. Se evitará el uso compartido de materiales, que deberán estar almacenados en lugares específicos para cada grupo, reduciendo en la medida de lo posible el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.). En todo caso serán de aplicación el resto de medidas recogidas en el presente protocolo. La limpieza de las aulas utilizadas para estas actividades será realizada después de cada uso. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas para actividades extraescolares, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso, ampliando en caso necesario el número de limpiadores.

Coronavirus ANPE Informa
Revista digital. Especial coronavirus. Marzo - Julio 2020
Castilla y León 08 Jul, 2020
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 Revista digital. Especial coronavirus. Marzo - Julio 2020   Si no ve correctamente este mensaje, haga click aquí       http://mailsystem.es/link_click/5f030c671e138-112313 ANPE Nacional Calle de Carretas, 14, 28012 Madrid anpe@anpe.es Síguenos en la redes sociales: AVISO LEGAL: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Reglamento 2.016/679, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, General de Protección de Datos y del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal le informamos de los siguientes extremos: Responsable: ANPE Sindicato Independiente. Finalidad: Gestión de todos aquellos interesados que voluntariamente se suscriben para recibir la Newsletter editada por el Responsable del tratamiento. Legitimación: el interés legítimo para el desarrollo de la actividad del Responsable del tratamiento y el propio consentimiento del interesado quien voluntariamente proporciona sus datos para la suscripción. Destinatarios: no se prevé realizar comunicaciones o cesiones de datos. Derechos: acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se indica en la información adicional.    

Revistas ANPE Informa Coronavirus
Instrucción de 6 de julio de 2020, de la Dirección General de Centros, Planificación y O. Educativa, actuaciones curso 2020/21
Castilla y León 06 Jul, 2020
importante

Instrucción de 6 de julio de 2020, de la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2020/2021. La suspensión de la actividad educativa presencial ha supuesto la realización de importantes ajustes organizativos y curriculares en el último trimestre del curso académico 2019/2020 y ha afectado a numerosos procesos propios de la finalización del curso escolar, que van a condicionar el inicio y desarrollo del año académico 2020/2021. La necesidad de concretar algunos aspectos recogidos en diferentes normas y de orientar a los centros educativos que imparten enseñanzas no universitarias ante el inicio de un curso escolar condicionado por la crisis del COVID-19, aconseja dictar una instrucción que recoja las fechas y actuaciones que deben realizarse relativas a la elaboración de documentación institucional, la atención a la diversidad educativa, la organización de los centros o la aportación de datos a la Administración educativa, entre otras, así como las actuaciones derivadas de las implicaciones que la pandemia tuvo en el ámbito educativo. Por ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 7 del Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación a la Dirección General Centros, Planificación y Ordenación Educativa, ésta ha considerado conveniente dictar la siguiente instrucción.  

ANPE Informa Instrucciones Coronavirus
Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en c. educativos de Castilla y León c. escolar 2020/21
Castilla y León 06 Jul, 2020
importante

Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 La Junta de Castilla y León adoptó el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León. En el punto cinco del mismo se recogen las medidas relativas a los centros docentes y se determina que la Consejería de Educación elaborará y aprobará un protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento. Este es el objeto del presente Protocolo, que recoge medidas de carácter preventivo y educativo que permitan a los centros educativos no universitarios, de titularidad pública y privada, que impartan cualquiera de las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación realizar la planificación del curso académico 2020/2021, ante los posibles escenarios que puedan plantearse desde el punto de vista sanitario. Con el fin de dar cumplimiento al mandato contenido en el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, la Consejería de Educación, con el asesoramiento de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, ha elaborado el presente Protocolo de Prevención y Organización del Regreso a la Actividad Lectiva en los Centros Educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020-2021, que se conforma en dos bloques, el primero que incluye medidas de carácter preventivo, y el segundo que incluye las medidas de carácter educativo.  Ficheros disponibles Protocolo de Prevencion y Organización del Regreso a la Actividad Lectiva868 KB19 páginas 190-2020 Resolución Pública - Instrucción Inicio V11,1 MB17 páginas  

ANPE Informa Coronavirus
Las O. Sindicales exigen una negociación de la reducción de ratio e incremento del personal docente para el curso 2020/2021
Castilla y León 06 Jul, 2020
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LAS ORGANIZACIONES SINDICALES REITERAN LA NECESIDAD DE UNA  NEGOCIACIÓN REAL SOBRE LA REDUCCIÓN DE RATIO Y EL INCREMENTO DEL PERSONAL DOCENTE PARA EL CURSO 2020/2021   En Mesa Sectorial extraordinaria celebrada en la mañana de hoy se ha presentado un “resumen del protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021”. Las cinco organizaciones sindicales con representación en Mesa Sectorial de Educación entendemos que es necesario abordar en profundidad el comienzo del curso que viene, con la negociación de medidas concretas que se adapten a la realidad organizativa y pedagógica de los centros públicos de nuestra Comunidad. El resumen del protocolo aborda temas generales de carácter organizativo en base a los criterios sanitarios determinados en el ámbito estatal. No obstante, entendiendo la necesidad de este protocolo adaptado al ámbito educativo, es necesario concretarlo a la realidad educativa de cada centro.  El pasado 16 de junio las cinco organizaciones sindicales solicitamos negociar las medidas concretas de inicio de curso y seguimos reivindicando esta necesidad. Es un texto insuficiente, puesto que no contempla la reducción de ratios necesaria dada la situación de crisis sanitaria en la que estamos inmersos, ni concreta el necesario incremento de profesorado que venimos demandando. Asimismo, en el documento entregado se especifican una serie de planes de elaboración de los centros (Plan de digitalización, Plan de Inicio de Curso, etc.), que consideramos que sobrecargan aún más al profesorado, fundamentalmente a los equipos directivos, sin marcar directrices concretas que es necesario establecer para tratar de homogeneizar actuaciones en todas las provincias.  Una vez más, las cinco organizaciones sindicales mostramos nuestra disposición al diálogo y a la negociación, en defensa del colectivo al que representamos.   Valladolid a 6 de julio de 2020

Mesa Sectorial ANPE Informa Coronavirus
El Ministerio de Sanidad y Educación publican una serie de medidas de prevención e higiene en los centros educativos.
Castilla y León 23 Jun, 2020
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Este documento incluye una serie de recomendaciones en relación a las medidas de prevención e higiene frente al SARSCoV-2 para los centros educativos en el curso 2020-2021. Dichas recomendaciones deben servir de base para el trabajo que realizarán las Consejerías de Educación junto con las responsables de Sanidad o Salud Pública de cada comunidad autónoma a la hora de planificar el próximo curso.

ANPE Informa Centros Coronavirus
ANPE exige que la partida presupuestaria en educación debería destinarse a remodelación de centros, plantilla y digitalización.
Castilla y León 08 Jun, 2020
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  ANPE SOSTIENE QUE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA EN EDUCACIÓN DEBERÍA DESTINARSE A LA REMODELACIÓN DE LOS CENTROS, AL AUMENTO DE PLANTILLAS DOCENTES Y A UN PLAN DE DIGITALIZACIÓN El gobierno anuncia que transferirá 2.000 millones para Educación a las comunidades autónomas. Partida que sale de los 16.000 millones de euros para hacer frente a las consecuencias derivadas de la pandemia y que será aprobado el próximo martes por el Consejo de Ministros. Para ANPE cualquier aumento en la partida presupuestaria destinada a Educación lo considera necesario y más en esta ocasión, debido a la merma que ha causado esta pandemia a la comunidad educativa y a la reactivación de los centros educativos para el próximo curso escolar. Ahora bien, ANPE exige que se dé a conocer detalladamente las partidas y las cantidades asignadas de este presupuesto destinado a Educación. Esta inversión educativa que realiza el gobierno, no debe ser una medida meramente coyuntural, tiene que ser una medida estructural que permita alcanzar el porcentaje de inversión de la media de los países de la OCDE. Antes de la crisis sanitaria, el Ministerio de Educación y Formación Profesional contemplaba un plan de incremento del gasto público en educación hasta un mínimo del 5% el PIB, por encima de la inversión media de la UE (4,88%). Una promesa electoral. Por tanto, más allá de suponer una medida de contingencia por la crisis es un compromiso establecido previamente en el programa de gobierno. En el reparto del fondo no reembolsable a las autonomías, Hacienda ha decidido primar más la cantidad de población de cada comunidad que las comunidades que más han sido golpeadas por la pandemia. En los 2.000 millones que corresponden a Educación se distribuiría el 80% a la población de 0-16 años y el 20%, a la población de 16 a 24 años. Para ANPE, el reparto se debería realizar de manera proporcional al número de alumnado por comunidad autónoma, atendiendo al principio de igualdad de oportunidades. Para ANPE, el objetivo del próximo curso debe garantizar el máximo de horas presenciales posibles y para ello esta inversión en Educación debería destinarse a: Diseñar un plan de remodelación de los centros educativos adaptados a las nuevas medidas preventivas: dotar a los centros educativos de material de protección e higiene; limpiar y desinfectar varias veces al día; distribuir los espacios para mantener el distanciamiento social; gestionar los residuos en el centro y dotarlos de enfermeras escolares. Reforzar y aumentar las plantillas docentes. Las medidas de distanciamiento social obligan a bajar la ratio y a desdoblar las aulas. Por otro lado, hay que llevar a cabo planes específicos de apoyo y refuerzo educativo con el alumnado que no ha podido realizar un proceso de enseñanza-aprendizaje adecuado del tercer trimestre del curso 2019-20. Y hay que sustituir al profesorado vulnerable ante el covid19. Un Plan de digitalización: dotar de recursos tecnológicos a los centros, alumnos y docentes; adaptar los currículos y llevar a cabo los cambios metodológicos que permiten integrar la educación presencial y online. Este plan es necesario debido a los rebrotes que puedan surgir y obliguen, otra vez, al cierre de los centros. La reapertura de los centros en el mes de septiembre debe garantizar todas las medidas preventivas frente al covid-19 y, a la vez, tiene que ser compatible con el proceso de enseñanza-aprendizaje. Toda esta puesta en marcha recae sobre las comunidades autónomas, pero el gobierno debe dotar con el presupuesto necesario y definir las cantidades y partidas para hacer frente a este nuevo reto y superarlo con éxito. Madrid, 8 de junio de 2020

ANPE Informa Coronavirus
Consejería de Educación y Copcyl firman un convenio de atención psicológica para alumnos de Castilla y León por el COVID-19
Castilla y León 05 Jun, 2020
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Consejería de Educación y Copcyl firman un convenio de atención psicológica para alumnos de Castilla y León por el COVID-19. El servicio comenzará el 8 de junio a través del teléfono gratuito 900 26 40 71 y estará disponible las 24 horas del día. El objetivo es ofrecer un servicio psicológico gratuito para prevenir repercusiones más graves en el futuro de los estudiantes que presenten síntomas de estrés, inquietud y alteraciones de los hábitos de conducta. Uno de los mayores problemas del confinamiento detectados por los psicólogos es el incremento de horas de uso de las nuevas tecnologías, debido, sobre todo, al aumento del uso lúdico al no poder acceder a otras actividades de ocio fuera del hogar.

ANPE Informa Coronavirus
Guía de la Consejería de Educación para la adopción de medidas de limpieza, higiene y prevención en c. educativos COVID-19
Castilla y León 25 May, 2020
importante

GUÍA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN PARA LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE LIMPIEZA, HIGIENE Y PREVENCIÓN EN LOS CENTROS EDUCATIVOS COMO CONSECUENCIA DEL PLAN DE DESESCALADA CON MOTIVO DEL COVID-19 PARA LA FINALIZACIÓN DEL CURSO ESCOLAR 2019/2020 CONTENIDO 1.- DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN Y NORMAS GENERALES 2.- HIGIENE Y LIMPIEZA DEL CENTRO EDUCATIVO 3.- MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS EMPLEADOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS 4.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN 5.- MEDIDAS COMPLEMENTARIAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA EL COVID-19 LAVADO DE MANOS DISTANCIA DE SEGURIDAD USO CORRECTO DE MASCARILLAS USO CORRECTO DE GUANTES HIGIENE RESPIRATORIA TELÉFONO DE ATENCIÓN SANITARIA SOBRE CORONAVIRUS    1.- DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN Y NORMAS GENERALES 1. El presente documento pretende recoger las medidas de limpieza que deberán tenerse en cuenta en todos los centros docentes a partir de la fase 1 establecida por la Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y siguientes, a los efectos de las actuaciones de finalización del curso escolar 2019/2020. 2. Todaslasmedidasrecogidasenelpresentedocumento,serándeaplicaciónpara todo el personal que preste servicios en un centro educativo. 3. Según lo establecido en el artículo 18 de la mencionada Orden SND/399/2020, a partir de la fase 1 los centros educativos se abrirán para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas. 4. La apertura del centro se realizará estrictamente para las actuaciones establecidas en el punto 3 de este apartado y cualquier otra que dicte la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León o esta Consejería para los centros educativos a partir de la fase 1. Primero se realizará la limpieza y desinfección del centro y, posteriormente, las actuaciones administrativas que procedan sin solaparse. 5. Para minimizar el riesgo de contagio comunitario por COVID-19, la dirección del centro deberá garantizar una dotación suficiente de gel hidroalcohólico, papel desechable, mascarillas y guantes, tal y como se indica en los apartados siguientes, estando disponibles para todos los trabajadores que deban acudir al centro. El suministro de materiales de protección y del equipamiento necesario (dispensadores de gel y papeleras) en los centros públicos se realizará a través de la Dirección Provincial de Educación correspondiente. 6. Deberá garantizarse una distancia física personal de seguridad mínima de dos metros, durante la realización de las tareas objeto de la presente Guía. 7. El equipo directivo será el encargado de comunicar a la Dirección Provincial, a través del inspector responsable del centro, todos aquellos casos que pudieran presentarse en el centro en relación con patología COVID 19, así como los posibles contactos. 8. No podrán reincorporarse a su puesto de trabajo las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19. 9. Las personas vulnerables para COVID-19 (personas con hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas,  cáncer o inmunodepresión) podrán volver al trabajo, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa. En caso de duda, los servicios médicos de las Mutuas correspondientes, emitirán el correspondiente informe en relación a la concurrencia de la condición de trabajador vulnerable y en su caso, respecto a las medidas de prevención, adaptación del puesto y protección necesarios. 10. Para la determinación de los trabajadores especialmente sensibles se tendrá en cuenta lo recogido en el “PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2”. (https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/n Cov-China/documentos/PrevencionRRLL_COVID-19.pdf). 11.Igualmente, se podrán seguir las siguientes indicaciones del documento de “Información para los empleados públicos. Medidas preventivas para el retorno al trabajo”. (https://empleopublico.jcyl.es/web/es/prevencion-riesgos- laborales/medidas-preventivas-ante-coronavirus.html 2. – HIGIENE Y LIMPIEZA DEL CENTRO EDUCATIVO. 12. En los cinco primeros días laborables siguientes al inicio de la fase 1, de acuerdo con lo establecido por la Orden SND/399/2020, se realizará la primera desinfección y limpieza del centro. Posteriormente, en los días siguientes se realizarán las actuaciones administrativas que se requieran en los centros, que serán las determinadas por la Dirección Provincial correspondiente. 13. En esos cinco días los titulares de los centros educativos adoptarán las medidas oportunas para realizar, además de las tareas de desinfección que sean necesarias, las de limpieza del centro, según se indica en el apartado 14. 14. La desinfección y limpieza se realizará mediante productos desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por la autoridad sanitaria. 15. Se colocará un dispensador de gel desinfectante en aquellas aulas que no tengan lavabo, para el lavado de manos con agua y jabón. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible el gel hidroalcohólico no es suficiente, y es necesario usar agua y jabón. 16. Después de la primera desinfección y limpieza del centro se realizará una limpieza de las instalaciones al menos una vez al día, reforzándola en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso. Se tendrá especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos  de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características. 17. Uso y limpieza del baño y aseos. Se limpiarán adecuadamente los aseos en función de la intensidad de uso y, al menos, tres veces al día. En todos los baños del centro habrá dispensadores de jabón y papel disponible para el secado de manos, o en su defecto gel hidroalcohólico, debiendo los usuarios lavarse cuidadosamente las manos cada vez que hagan uso del aseo. 18. Según lo establecido en el artículo 6 de la Orden SND/399/2020, las medidas de higiene (desinfección y limpieza) exigibles son las siguientes: 1. El director de los centros educativos y entidades deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden. En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas: a) Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta. b) Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos. Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso. Asimismo, cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación. 2. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección diaria de los mismos, debiendo lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados. En aquellos casos en los que no se utilice uniforme o ropa de trabajo, las prendas utilizadas por los trabajadores en contacto con clientes, visitantes o usuarios, también deberán lavarse en las condiciones señaladas anteriormente. 3. Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos. 4. Cuando en los centros haya ascensor, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. 5. Cuando de acuerdo con lo previsto en esta orden el uso de los aseos esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día. 6. (...) 7. Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día. 8. (...) 19. Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes de látex, etc.) debe depositarse preferentemente en contenedores con tapa y pedal destinados exclusivamente a este tipo de residuos, para depositarse después, en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas). 3.- MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS EMPLEADOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE CAMINO AL CENTRO EDUCATIVO: 20. Se recomienda el uso del transporte individual. Si se va al trabajo andando, en bicicleta o moto, será necesario llevar mascarilla, siempre que no sea posible guardar la distancia interpersonal mínima de 2 metros. 21. Para desplazamientos en un turismo, taxi, u otro tipo de transporte público o privado hay que extremar las medidas de limpieza del vehículo y se estará a lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden TMA/400/2020 en los artículos 1 y 2 de la Orden TMA 384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad, en su redacción actual, o normativa que la sustituya. CUANDO SE LLEGUE AL CENTRO EDUCATIVO: 22. Se debe entrar al centro de trabajo recordando mantener la distancia mínima de seguridad de 2 metros entre personas, tanto en el acceso al edificio como, en su caso, en la subida de escaleras y llegada al puesto. 23. Se debe repetir el lavado de manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con soluciones hidroalcohólicas, y en todo caso, hay que hacerlo al entrar en el centro de trabajo y al terminar la jornada laboral. 24. Hay que repetir el lavado de manos cuantas veces sea necesario o, en su caso, usar guantes desechables de nitrilo. 25. En todos los contactos personales no hay olvidar guardar la distancia de seguridad mínima de 2 metros, tanto con los compañeros como con el personal de empresas que prestan servicios en el centro. En los saludos, hay que evitar el contacto físico. 26. Hay que tener siempre presente no tocarse los ojos, la nariz y la boca. Y si se estornuda o se tose, hay que cumplir la etiqueta respiratoria (usar pañuelos de un solo uso para contener la tos o el estornudo o protegerse con el ángulo del brazo). 27. Mantener ventilado el lugar del puesto de trabajo, abriendo al menos diez minutos las ventanas. 28.Dejar abiertas todas las puertas que sea posible para evitar tocar pomos y manillares. 29. Antes y después de usar los guantes hay que lavarse las manos con agua y jabón o con solución hidroalcohólica, retirarlos sin tocar la superficie exterior de los guantes y usarlos una sola vez, salvo que se desinfecten por completo. Una vez retirados, hay que depositarlos en el contenedor habilitado para este tipo de residuos. Y no tocarse la cara con ellos. 30. Si se usa mascarilla, hay que colocarla y retirarla con las manos recién lavadas y sin tocar la parte central interna y externa, y cubrir con ella nariz y boca, bien ajustada, no debe manipularse mientras se tenga puesta y cuando se retire, depositarla en el contenedor habilitado para este tipo de residuos, para no usarla de nuevo. 31. En los aseos, no hay que usar las máquinas eléctricas de secado de manos. Utilizar sólo toallas de un solo uso. 32. Cuando en los centros haya ascensor, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. 33. Si se precisa el uso de vestuarios, hay que usarlos por turno y escalonadamente y, si es posible, salir de casa vestido con el uniforme, para evitar el uso común de vestuarios. Debe evitarse el uso de duchas en los centros de trabajo. 34. Hay que lavar toda la ropa que sea posible al menos a 60oC durante, al menos, 30 minutos, o con cualquier otro método que garantice la correcta higienización. 4.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN 35. Con el fin de limitar los riesgos de contagio, cuando a las personas que deban acudir a los centros para las diferentes tareas (personal de limpieza) no puedan guardar los dos metros de distancia mínima interpersonal deberán utilizar mascarilla quirúrgica. Las mascarillas deben cumplir la norma UNE-EN 14683:2019. 36. En el caso de los empleados de servicios, utilizarán los EPI recogidos en su puesto de trabajo. Al igual que el resto de trabajadores, de no poderse garantizar la distancia social mínima de 2 metros, se deberá utilizar la mascarilla. 37. Los guantes de protección deben cumplir con la norma UNE-EN ISO 374.5. En caso de escasez o dificultad se pueden utilizar también guantes que cumplan con la norma UNE-EN ISO 374.1 y, en último caso, doble guante de vinilo. En general, su uso debe ser desechable. 38. Los equipos de protección individual deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición. Se debe evitar que los equipos de protección individual sean una fuente de contaminación, por ejemplo, dejándolos sobre superficies del entorno una vez que han sido retirados. 5.- MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Medidas de prevención personal 39. Higiene de manos de forma frecuente y meticulosa, durante al menos 40 segundos con agua y jabón o en su defecto con gel hidroalcohólico. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible el gel hidroalcohólico no es suficiente, y es necesario usar agua y jabón. 40. Evitar tocarse la nariz, los ojos y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión. 41. Al toser o estornudar, cubrir la boca y la nariz con el codo flexionado. 42. Mantener una distancia interpersonal mínima de 2 metros. 43. Usar pañuelos desechables para eliminar secreciones respiratorias y tirarlos tras su uso. 44. Evitar darse la mano. 45. El uso de guantes es recomendable en los casos de manipulación de tareas de limpieza. 46. El uso de mascarilla será obligatorio para las tareas de limpieza. 47. Debe hacerse un uso correcto de la mascarilla ya que un mal uso puede entrañar más riesgo de transmisión. 48. El personal de los centros educativos que presente síntomas estando en el centro deberá retirarse lo antes posible a un lugar separado y colocarse una mascarilla quirúrgica. 49. Es recomendable que los centros adquieran un termómetro para la comprobación de la temperatura del personal que presente síntomas estando en el centro. Cartelería 50. Finalmente, es necesario dotar al centro de carteles informativos relativos para recordar: • Medidas de protección contra el COVID-19. • Modo correcto de lavado de manos. • Guardar la distancia de seguridad mínima de 2 metros. • El uso correcto de mascarillas. • EL uso correcto de guantes. • La higiene respiratoria (forma de toser y estornudar). • Teléfono de atención sanitaria sobre coronavirus. Valladolid, a 25 de mayo de 2020 Como usar la mascarilla y/o protección respiratoria Cómo ponerse, usar, quitarse y desechar una mascarilla 1. Antes de ponerte una mascarilla, lávate las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón. 2. Cúbrete la boca y la nariz con la mascarilla y asegúrate de que no haya espacios entre tu cara y la mascarilla. 3. Evita tocar la mascarilla mientras la usas y si lo haces, lávate las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón. 4. Cámbiate de mascarilla tan pronto como esté húmeda y no reutilices las mascarillas de un solo uso. 5. Para quitarte la mascarilla: quítatela por detrás (no toques la parte delantera de la mascarilla); deséchala inmediatamente en un recipiente cerrado; y lávate las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón. Uso de guantes El coronavirus, no es capaz de atravesar la piel así que usar guantes desechables no parece ser clave para prevenir el virus. Más bien al contrario, no saber usar correctamente los guantes podría ponernos en riesgo. Si usas guantes (porque tu actividad lo indica, ya los usabas antes de la crisis) es esencial que recuerdes: - Mientras los tengas puestos evita tocarte los ojos, la nariz o la boca sobre todo tras haber tocado superficies que puedan estar contaminadas (documentación, bolígrafos * Quítatelos correctamente para que resulten efectivos 1. Con los dedos de una mano hacemos pinza sobre la palma de la otra y tiramos del guante para desnudarla, sin tocar la piel. 2. Retenemos el otro guante con los mismos dedos de la otra mano que hemos usado para retirarlo. 3. Con el dedo corazón de la mano desnuda, hacemos un gancho por la parte interior del otro guante. Tiramos de él hacia arriba tocando sólo la parte interna y lo sacamos envolviendo el otro guante. - Tíralos a cubos de basura con tapa accionada con pedal en el puesto de trabajo o con el medio que te hayan proporcionado si estas realizando visitas (bolsa o contenedor) - Después lávate las manos.  Avenida del Real Valladolid, s/n - 47014 Valladolid - Tel. 983 414 869 - Fax 983 411 003 – http: www.jcyl.es

ANPE Informa Coronavirus
Orientaciones para la preparación de planes de contingencia para el curso 2020-2021
Castilla y León 23 May, 2020
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Os adjuntamos documento que el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha remitido a los sindicatos de docentes presentes en la Mesa Sectorial de Educación del Estado, estableciendo los elementos a considerar en la elaboración de planes de contingencia consensuados por Ministerio y Comunidades Autónomas Orientaciones para la preparación de planes de contingencia para el curso 2020-2021 El desarrollo del curso 2020-2021 es imprevisible, dado el desconocimiento que aún tenemos acerca de la posible evolución de la pandemia del Covid-19. En consecuencia, resulta imprescindible establecer planes de contingencia que prevean las distintas circunstancias que puedan darse. Se trata de estar preparados para seguir distintos cursos de actuación, en función de la evolución de los acontecimientos. Si la actividad lectiva presencial constituye el escenario más deseable, no se puede excluir que, de forma más o menos temporal, deba desarrollarse en otras condiciones. Por ese motivo, entre los acuerdos adoptados por la Conferencia Sectorial de Educación del 15 de abril de 2020 se incluyó el siguiente: “El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) y las Consejerías responsables de la educación de las Comunidades Autónomas diseñarán planes de contingencia para responder a posibles nuevos periodos de alteración en la actividad lectiva provocada por el Covid-19”. La elaboración de planes de contingencia es una tarea compartida. Por una parte, las Administraciones educativas deben desarrollar marcos de actuación y proporcionar los recursos necesarios para hacer frente a la pandemia. Por otra parte, los centros educativos y las comunidades que los componen deben ajustar ese marco general a sus condiciones y circunstancias concretas, debiendo elaborar planes adecuados a su realidad institucional. En todo ese proceso habrá que seguir un estilo de actuación cooperativa, basado en la responsabilidad profesional y la colaboración entre instituciones y actores educativos. Si se quiere que dichos planes de contingencia sean útiles para el curso 2020-2021 es necesario que estén elaborados antes de que comiencen las próximas vacaciones estivales, de modo que puedan ser revisados y adaptados a las circunstancias que se den a comienzos del próximo curso. Por lo tanto, esa será una tarea prioritaria para desarrollar en este próximo periodo de actividad escolar previo a la finalización del curso. Los planes de contingencia deberán tomar en consideración varios elementos, que servirán para identificar las opciones posibles y organizarlas adecuadamente. Entre dichos elementos deben incluirse los siguientes: 1. Organización escolar adaptada a la pandemia Dotación de equipamiento higiénico-sanitario para el personal y el alumnado Establecimiento de medidas de higiene y control sanitario (adaptadas de los protocolos sanitarios existentes) Previsiones para mantener las distancias exigibles en los centros o Adecuación de espacios disponibles o Limitación de aforos (en aulas y otros espacios) o Condiciones para el uso de patios y zonas comunes o Protocolos de movilidad para el acceso y la salida y en el interior del centro Previsiones de asistencia al centro o Posible adecuación de horarios para cumplir las condiciones sanitarias establecidas o Modos de organización de las actividades lectivas (establecimiento de turnos, agrupamientos del alumnado) Previsiones para otras actividades complementarias o Transporte o Comedor escolar Formación del profesorado y alumnado acerca de los requisitos higiénicos-sanitarios establecidos y para la utilización de las instalaciones 2. Programación didáctica de cursos y áreas Adaptación de los currículos y las programaciones de los cursos, áreas y materias para prestar especial atención a los saberes y competencias fundamentales y para recuperar los déficits ocasionados Programación alternativa de los cursos, áreas y materias para su desarrollo mediante enseñanza a distancia (para utilizar cuando resulte necesario) Previsiones para la eventual evaluación a distancia departes del curso Protocolos para el trabajo colaborativo entre docentes en situaciones anómalas Explotación de buenas prácticas desarrolladas durante los meses de actividad lectiva a distancia en el curso 2019-2020 3. Dotación tecnológica Dotación del equipamiento tecnológico necesario para los centros educativos (dispositivos, redes inalámbricas, conectividad) Previsiones para el acceso de todo el alumnado a dispositivos tecnológicos de uso individual (mediante entrega o préstamo) Disponibilidad de acceso a plataformas digitales por parte de los centros para la comunicación en línea y el trabajo lectivo 4. Plan de refuerzo de la competencia digital Formación intensiva del profesorado para la utilización de recursos en línea (plataformas, materiales, sistemas de comunicación) Plan de preparación del alumnado para la utilización de herramientas y plataformas digitales 5. Plan tutorial para la actividad lectiva a distancia Plan de seguimiento y apoyo para el alumnado con dificultad para seguir la actividad lectiva a distancia (por falta de recursos tecnológicos o de competencia digital) Plan de apoyo para el alumnado con dificultades de aprendizaje o emocionales Plan de seguimiento del alumnado con necesidades específicas de apoyo o necesidades educativas especiales.  

ANPE Informa Coronavirus
ANPE propone al M. de Educación la creación de un grupo de trabajo para abordar la preparación del inicio del curso 2020/21
Castilla y León 19 May, 2020
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  ANPE PROPONE AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN LA CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO PARA ABORDAR DE MANERA INMEDIATA LA PREPARACIÓN DEL INICIO DEL PRÓXIMO CURSO ESCOLAR En la reunión de la Mesa de negociación del personal docente no universitario, celebrada en el día de hoy por videoconferencia, ANPE ha trasladado al Ministerio de Educación y F.P., la necesidad urgente de abordar el inicio del próximo curso. Para ello ANPE ha propuesto la creación de un grupo de trabajo, dependiente de la Mesa de Negociación, conformado por miembros del propio Ministerio de Educación y por los representantes del profesorado, para trabajar de forma paralela y coordinada con la comisión conformada la pasada semana entre el Ministerio de Educación y las Comunidades Autónomas. ANPE ha criticado las actuaciones unilaterales que ha estado llevando a cabo el Ministerio de Educación y ha trasladado su profundo malestar por no haber tenido en cuenta la opinión del profesorado en ninguna de las decisiones que se han tomado hasta ahora, muchas de ellas de gran calado e importancia, como la relativa a los criterios de promoción y titulación, por las que nos hemos enterado por los medios de comunicación. Por eso, ha reclamado al Ministerio de Educación que no se deje de lado al profesorado y se negocien y consensuen las posibles medidas a llevar a cabo en el próximo inicio de curso a través de la constitución de un grupo de trabajo específico para ello. En ese grupo de trabajo se deberían acordar y consensuar los aspectos más relevantes y fundamentales de cara al comienzo del próximo curso en un escenario de vuelta a las aulas, pero teniendo que mantener aún las medidas de seguridad, salud e higiene ante el COVID-19, entre ellas las de distanciamiento social. Así, se deberían acordar unas pautas mínimas que las CCAA deberán desarrollar en sus ámbitos autonómicos para evitar las desigualdades entre alumnos de diferentes territorios. Algunos de los aspectos más relevantes que se deberían acordar y consensuar para el próximo inicio de curso son: Las medidas de seguridad, salud e higiene necesarias para retomar las clases presenciales y los protocolos a llevar a cabo según las enseñanzas y materias. Incluyendo la implantación de la figura de la enfermera escolar para atender a todos los centros educativos. Las directrices básicas de organización de los grupos y horarios de alumnos en un escenario de necesidad de mantener las medidas de distanciamiento social. Los recursos materiales y humanos necesarios para la “nueva normalidad” en el ámbito educativo. Las adaptaciones curriculares y metodológicas que pudieran ser necesarias. Un Plan de digitalización de los centros educativos. Protocolos y medidas de apoyo psicológico y emocional para alumnos y docentes. Muchos de estos temas se deben trabajar y abordar de forma globalizada ya que, los recursos materiales y humanos de los que se pueda disponer condicionará la mayoría de decisiones y medidas que se puedan adoptar en muchos de los ámbitos mencionados. Ante esta propuesta, el Ministerio de Educacion se ha comprometido a convocarnos a una reunión lo antes posible para trabajar sobre las propuestas para el inicio del próximo curso. Nos enviarán el documento base de trabajo que se está utilizando en la comisión de trabajo de la conferencia sectorial de educación para que las organizaciones sindicales representativas del profesorado trabajemos sobre el mismo. ANPE celebra el compromiso adquirido hoy por el Ministerio de Educación ya que es imprescindible que, tanto el Ministerio de Educación como las CCAA, cuenten con la opinión de los representantes del profesorado para consensuar las medidas que habrá que poner en marcha para el inicio del curso que viene y que afectan directamente al profesorado.     ANPE, el sindicado de la Enseñanza Pública.            Docentes como tú. 19 de mayo de 2020

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