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Revalorización de las pensiones de Clases Pasivas para el 2022. Tabla de pensiones. R. Decreto 65/2022, de 25 de enero
ANPE-Castilla y León 28 Ene, 2022

En 2022 las pensiones de Clases Pasivas se revalorizan un 2,5%, de conformidad con la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y R.D 65/2022 de 25 enero de 2022.

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Corrección de errores de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo
Castilla y León 23 Feb, 2021
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Corrección de errores de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Advertidos errores en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.o 340, de 30 de diciembre de 2020, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones: En la página 122881, en el apartado Uno bis del artículo único, texto de regulación, en la letra i), donde dice: «i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales, de cuidados de colaboración social.», debe decir: «i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales, de cuidados y de colaboración social.». En la página 122891, en el apartado diecisiete del artículo único, texto de regulación, en la modificación del artículo 25.1, donde dice: «a) b) c) Educación Física. Geografía e Historia. Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura. Corrección de errores de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Lengua Extranjera. d) Matemáticas, con dos opciones diferenciadas.», Debe decir: «a) Educación Física. b) Geografía e Historia. c) Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura. d) Lengua Extranjera. e) Matemáticas, con dos opciones diferenciadas.». En la página 122933, en el apartado ochenta del artículo único, texto de regulación, en la modificación de la disposición adicional décima, apartado 4, donde dice: «4. Sin perjuicio de la posibilidad de ingreso regulado en la disposición adicional novena, apartado 4, para acceder al cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas...», debe decir: «4. Sin perjuicio de la posibilidad de ingreso regulado en la disposición adicional novena, apartado 3, para acceder al cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas...». En la página 122938, en el apartado noventa del artículo único, texto de regulación, donde dice: «Disposición adicional trigésimo novena...», debe decir: «Disposición adicional trigésima novena...». En la página 122949, en el apartado nueve de la disposición final primera, texto de regulación, en el apartado 1, en la tercera línea, donde dice: «Tres representantes del titular del centro. Cuatro representantes del profesorado.», debe decir: «Tres representantes del titular del centro. Cuatro representantes del profesorado.».

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