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Defensor del Profesor. Presentación del Informe de Castilla y León 2021-22
Castilla y León 24 Nov, 2022
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Hoy día 24 de noviembre (jueves) a las 11:00 horas en la sede de ANPE Salamanca se ha celebrado una rueda de prensa del Defensor del Profesor en Castilla y León abordando los datos recogidos en su informe anual. La rueda de prensa ha contado con la presencia de: Dª Pilar Gredilla Fontaneda. Presidenta de ANPE Castilla y León. D. Guillermo Bueno Salvador. Presidente de ANPE Salamanca. Dª María José Martín Vicente. Defensora del Profesor de Profesor de Castilla y León.  El Defensor del Profesor es un servicio de ámbito nacional, exclusivo del sindicato ANPE, que pretende proporcionar atención inmediata y gratuita a todos aquellos docentes que viven situaciones de conflictividad y violencia en el ámbito educativo, su ámbito profesional. El Servicio del Defensor de ANPE se crea en el año 2005 como primera medida de apoyo ante la indefensión del profesorado y como llamada de atención sobre la problemática de la violencia escolar. Desde entonces, más de 40.000 compañeros han sido atendidos a nivel nacional, por el mismo.  Durante el curso 2021-2022 el Servicio del Defensor en Castilla y León ha atendido a un total de 72 casos, lo que supone un aumento del 22% con respecto al curso anterior. De los 72 casos atendidos, 33 tienen relación directa a problemas con los padres lo que supone el 45,8% del total y un aumento del 83,3% con respecto al curso anterior. El resto de los casos atendidos se distribuyen entre problemas directos con los alumnos 26 (36,1%) y otros 13 (18%). ANPE Castilla y León destaca las siguientes propuestas de mejora: - Conocimiento y aplicación de la normativa existente en nuestra comunidad para la mejora de la convivencia. - Actualización y cumplimiento de los Decretos de convivencia, así como los Planes de convivencia y los Reglamentos de los centros. - Mayor implicación de toda la Comunidad Educativa y de la Administración para respaldar las actuaciones de equipos directivos y profesorado.  - Apoyo y reconocimiento de la función docente. - Reconocimiento de la presunción de veracidad del docente como figura de autoridad.  - Formación específica del profesorado para la prevención y detección de conflictos relacionados con la convivencia escolar. - Programas de prevención de acoso escolar que contemple la aceleración de los protocolos de protección a las víctimas y un plan de detección precoz y efectiva de los problemas de convivencia en los centros educativos. - Reconocimiento de la ansiedad, la depresión y el estrés como enfermedades profesionales de los docentes siempre que se deriven de situaciones de acoso, estableciendo estas situaciones como accidentes laborales. - Una adecuada atención jurídica y psicológica gratuita para los docentes victimas de situaciones de conflictividad escolar.  - Implicación de familias y asociaciones de padres en actividades que favorezcan un adecuado clima escolar.  - Compromiso por parte de la administración para el tratamiento rehabilitador y educativo de los alumnos agresores.  Desde ANPE, nos comprometemos a seguir trabajando para los docentes que viven y sufren situaciones de acoso e intimidación en su labor profesional, así como a contribuir a la mejora de la consideración social de maestros y profesores.     

Defensor del profesor Enseñanzas
ANPE Castilla y León os desea unas Felices Fiestas
Castilla y León 22 Dic, 2021
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ANPE Castilla y León os desea unas Felices Fiestas.

Docentes Enseñanzas Centros
Pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, música, diseño, y conservación y restauración.
Castilla y León 03 May, 2021
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RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, música, diseño, y conservación y restauración de bienes culturales, la prueba de nivel de las enseñanzas de música, la prueba de acceso al máster en enseñanzas artísticas de interpretación musical, así como el proceso de admisión para los centros públicos, en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2021-2022, en las convocatorias de junio y septiembre.

Enseñanzas
Instrucción de 19 de abril de 2021 de la Dirección General de Centros. Criterios de promoción y evaluación curso 2020/21
Castilla y León 19 Abr, 2021
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Instrucción de 19 de abril de 2021 de la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa y de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de personas adultas, durante el curso académico 2020/2021. A comienzos del presente curso académico la Consejería de Educación elaboró el Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, y dictó la Orden EDU/1194/2020, de 5 de noviembre, por la que se establecen medidas urgentes en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de formación profesional, artísticas y deportivas en la Comunidad de Castilla y León y la Orden EDU/1553/2020, de 22 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Comunidad de Castilla y León. Por su parte, la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa publicó la Resolución de 6 de julio de 2020, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 6 de julio de 2020, para la unificación de las actuaciones de los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2020/2021, en la que se establecían una serie de medidas de carácter educativo, con el objeto de orientar la actuación de los centros docentes ante la situación generada por la COVID-19 durante el presente curso académico. Situándonos en el marco definido por la normativa básica y autonómica vigente, procede concretar para nuestra Comunidad Autónoma las medidas que han sido ya motivo de regulación desde la Consejería de Educación, referidas a algunos de los procesos educativos y organizativos más destacados que se desarrollan en los centros educativos, en especial los de evaluación, promoción y titulación en las diferentes enseñanzas, dando repuesta a algunos de los aspectos fundamentales que los centros educativos deben afrontar en el final del presente curso académico. Por ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 7 y 10 del Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, a la Dirección General Centros, Planificación y Ordenación Educativa y a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, éstas han considerado conveniente dictar la siguiente INSTRUCCIÓN Primera. Objeto, ámbito de aplicación y vigencia. 1. La presente Instrucción tiene por objeto concretar medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria.  2. Las medidas contenidas en la presente Instrucción serán de aplicación durante el  curso 2020-2021, a todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León  autorizados a impartir las enseñanzas no universitarias incluidas en el artículo 3 de la Ley  Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de las enseñanzas de idiomas en las que  atenderá a lo recogido en la Orden EDU/1553/2020, de 22 de diciembre, por la que se  establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas,  en la Comunidad de Castilla y León.  Segunda. Evaluación en las diferentes enseñanzas. 1. Para el presente curso académico, los estándares de aprendizaje evaluables en los que se desglosan los criterios de evaluación de los currículos vigentes en educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato tendrán carácter orientativo. En este sentido, se prestará especial atención a aquellos contenidos que sean relevantes e imprescindibles para garantizar una correcta evolución académica del alumnado. 2. En las enseñanzas de formación profesional, se prestará especial atención a aquellos resultados de aprendizaje asociados a unidades de competencia que se consideren imprescindibles para garantizar la adquisición de las mismas o, en su defecto, los resultados de aprendizaje que faculten al desarrollo profesional del alumnado. Tercera. Alumnado con áreas, materias o módulos pendientes del curso académico 2019/2020. 1. El alumnado con asignaturas pendientes del curso académico 2019/2020 será evaluado de estas de acuerdo con los procedimientos establecidos por cada centro docente según lo reflejado en las programaciones didácticas correspondientes. 2. En todo caso, para la evaluación de los aprendizajes de estas asignaturas se tendrán fundamentalmente en consideración los contenidos correspondientes a las dos primeras evaluaciones del curso académico 2019/2020 y a partir de ellos se valorará de forma positiva el rendimiento alcanzado por el alumnado en todos aquellos contenidos que se trabajaron de forma no presencial. Cuarta. Evaluación del alumnado que no ha asistido de forma regular al centro educativo por motivo del COVID-19 durante el curso académico 2020/2021. 1. El alumnado que de forma justificada no haya podido asistir de forma presencial al centro educativo, será evaluado según lo establecido en el plan de contingencia elaborado por el centro educativo en el que se encuentre matriculado. 2. En relación al alumnado que no haya asistido al centro educativo de forma justificada, se seguirá el procedimiento habitual de cursos anteriores.   Quinta. Promoción o titulación del alumnado de las diferentes enseñanzas en el curso académico 2020/2021. 1. Tal y como indica, con carácter general, la normativa básica y autonómica de las distintas enseñanzas, la repetición de curso se considerará una medida de carácter excepcional que se tomará tras haber agotado todas las medidas de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumnado. En la adopción de esta decisión, que se tomará de forma colegiada por el equipo docente del alumno, se tendrá en cuenta el logro de los objetivos generales y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en las distintas enseñanzas 2. La decisión de promoción y/o titulación se adoptará de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa aplicable en el curso anterior, teniendo especialmente en consideración las dificultades que hayan podido derivarse de las circunstancias asociadas a la pandemia, valorando positivamente el esfuerzo, la dedicación y la trayectoria del alumno y ajustándose a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en los reales decretos de desarrollo y en la normativa autonómica específica de cada enseñanza, atendiendo a la máxima flexibilidad dentro del citado marco normativo. 3. En relación con las decisiones que supongan la no promoción o la no titulación, la aplicación de cualquier medida de atención a la diversidad, la propuesta de incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, a un ciclo de formación profesional básica o cualquier otra medida que pudiera concurrir, estará justificada en la trayectoria del alumnado y sus antecedentes, en su falta de rendimiento en el proceso de enseñanza y aprendizaje durante todo el curso escolar, y en la no recuperación de esos contenidos en las evaluaciones extraordinarias, teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares y  sanitarias que hayan podido afectar al alumnado notoriamente a lo largo del presente curso académico. Sexta. Inspección educativa. La inspección educativa realizará las actuaciones necesarias, dentro del marco de sus funciones y atribuciones, para asesorar y apoyar a los centros educativos en relación con las medidas recogidas en la presente Instrucción. Séptima. Vigencia Esta Instrucción tendrá efecto hasta la finalización de los diferentes procesos educativos correspondientes al presente curso académico 2020/2021. Valladolid 19 de abril de 2021 EL DIRECTOR GENERAL DE CENTROS, PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, RÉGIMEN ESPECIAL Y EQUIDAD EDUCATIVA Fdo. Agustín Francisco Sigüenza Molina

Evaluación Enseñanzas ANPE Informa
Informe. La Convivencia Escolar en Castilla y León. Informe del curso 2019-2020
Castilla y León 03 Mar, 2021
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Informe. La Convivencia Escolar en Castilla y León. Informe del curso 2019-2020 Una buena convivencia, que no excluye la presencia de conflictos e incidencias puntualesyque, además de estar reflejada en estudiosinternacionales,se sustenta en la información de los propios centros que,con el esfuerzo y trabajo diario del profesorado, alumnado, familias y de todos los sectores que integran la comunidad educativa, hacen posible esta realidad. Una realidad en constante proceso de mejora, que necesita de todos y queenel curso escolar 2019-2020 se ha visto bruscamente interrumpida por la irrupción de la COVID-19 que ha supuesto la modificación, cuando no la suspensión, de buen número de actividades previstas. La convivencia escolar está asociada a lo presencial, al intercambio y al contacto entre todos los que viven y conviven diariamente en los centros, por ello, el curso 2019-2020 ha supuesto un importante reto de adaptación a una realidad no imaginada.No obstante, la situación también ha servido para que toda la comunidad educativa, medianteun extraordinario esfuerzo de adaptación, haya mantenido algunas de las actividades previstas, configurando nuevas estrategias y procedimientos de trabajo que, seguramente abrirán vías de actuación, novedosas y eficaces, una vez superada la situación actual.Este informe recoge, como viene siendo habitual, los principales datos de las actuaciones de convivencia escolar, incorporando,como novedad en algunosde ellos, el análisis de los dos periodos de recogida de datos (enero y junio), ya que permitirá ver con más detalle cual era la evolución inicial de dichos datos, con actividad lectivapresencial, y los posteriores, una vez suspendida dicha actividaddurante la mayor parte del segundo periodo de recogida de datos.Asimismo, el informe incluye las diferentes actuaciones llevadas a cabo con el objetivo de mantener y mejorar el buen clima escolar de los centros educativos de Castilla y León, impulsadas, en unos casos, desde el marco de convivencia escolar y, en otros, desde los centros docentes. Por último el informe también incorporaun resumen delas propuestas de mejora realizadas por las Comisiones Provinciales de convivencia en sus informes del curso 2019-2020.

Convivencia Enseñanzas
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