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La evaluación de diagnóstico en el 4º curso de Primaria y en el 2º curso de educación secundaria: 29 y 30 de abril y 2 de mayo
Castilla y León 05 Mar, 2024
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Las pruebas de la evaluación de diagnóstico en el cuarto curso de educación primaria y en el segundo curso de educación secundaria obligatoria, se realizarán los días 29 y 30 de abril, y 2 de mayo, de 2024.

Evaluación
ORDEN EDU/1597/2021, de 16 de diciembre, por la que se concreta la actuación de los equipos docentes y los c. educativos de CyL
Castilla y León 01 Jun, 2022
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ORDEN EDU/1597/2021, de 16 de diciembre, por la que se concreta la actuación de los equipos docentes y los centros educativos de Castilla y León que impartan educación secundaria obligatoria en materia de evaluación, promoción y titulación, durante los cursos académicos 2021-2022 y 2022-2023 Ficheros disponibles Instrucción Evaluación_2021_20224,2 MB134 páginas    

Evaluación Instrucciones
Secundaria obligatoria en materia de evaluación, promoción y titulación, durante los cursos académicos 2021-2022 y 2022-202
Castilla y León 21 Dic, 2021
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ORDEN EDU/1597/2021, de 16 de diciembre, por la que se concreta la actuación de los equipos docentes y los centros educativos de Castilla y León que impartan educación secundaria obligatoria en materia de evaluación, promoción y titulación, durante los cursos académicos  2021-2022 y 2022-2023.  

Evaluación
ANPE exige al Ministerio de Educación que rectifique y NO permita titular en Secundaria y Bachillerato con materias suspensas
Castilla y León 17 Jun, 2021
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ANPE EXIGE AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN QUE RECTIFIQUE Y NO PERMITA TITULAR EN SECUNDARIA Y BACHILLERATO CON MATERIAS SUSPENSAS   ANPE critica también la ambigüedad en los criterios de promoción y titulación en la ESO que recoge el proyecto de Real Decreto, cargando la responsabilidad de concretar los mismos al profesorado, deja a éste en una situación de inseguridad jurídica en la toma de decisiones sobre la promoción y titulación del alumnado.   La inconcreción de los criterios de promoción para pasar de curso en la ESO recogidos también en la LOMLOE – esta promoción se producirá un máximo de uno o dos materias pendientes- deja en manos del equipo docente esa decisión, creando situación de inseguridad académica y jurídica al profesorado titular de cada materia o área. Desde ANPE lo que es más criticable y a lo que nos oponemos rotundamente es a lo establecido respecto a los criterios para obtener el título de ESO que, según recoge el proyecto de RD, se podrá obtener con “una o más materias pendientes”. No sólo es criticable que se pueda titular con materias pendientes, sino que al establecer unos criterios tan ambiguos se generarán desigualdades entre el alumnado, pues nos podremos encontrar alumnos que, con las mismas materias suspensas, en unos casos titularán y en otros no. Lanza un mensaje contrario a la cultura del esfuerzo y del mérito que proviene del propio borrador que resulta desmotivador para el profesorado y el alumnado. Además, los criterios de promoción y titulación deben ser comunes para todo el territorio nacional, puesto que los títulos académicos que se expiden, por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional, tienen validez en todo el Estado.   Además, el permitir titular en la ESO con materias pendientes puede suponer una vulneración de la actual LOMLOE, que no contempla en su redacción esta posibilidad. La LOMLOE, sólo contempla la posibilidad de titular con una materia pendiente en Bachillerato y de manera excepcional, algo que ANPE criticó duramente en su momento. Esa excepcionalidad es regulada también en este proyecto de Real Decreto, al igual que los criterios de promoción de 1º a 2º de Bachillerato.   Desde ANPE queremos destacar que el superar las áreas, materias o ámbitos es el indicador y referente para constatar que el alumnado ha adquirido las competencias establecidas y alcanzado los objetivos de la etapa. La solución para luchar contra el fracaso escolar y disminuir las repeticiones no pasa por establecer sistemas de promoción y titulación con materias suspensas, sino por evitar que esto suceda, y eso pasa por reducir el número de alumnos por aula, establecer desdobles y programas de refuerzo en los centros educativos, dotando de profesorado suficiente para llevarlo a cabo. Hay que resaltar que tenemos las mismas ratios máximas de alumnos por aula que se establecieron hace más de 30 años con la LOGSE y que la LOMLOE no ha modificado.   Por último, desde ANPE queremos alertar de las graves consecuencias que estas medidas tendrán sobre el alumnado con menos recursos, que en su práctica totalidad está en la enseñanza pública, ya que no podrán compensar fuera del centro educativo los déficits de aprendizaje que acumularán al pasar de curso y titular con materias suspensas, cercenando las posibilidades que ofrece a este alumnado el sistema educativo como compensador de desigualdades y ascensor social.   Madrid, 17 de junio de 2021

Notas de prensa Evaluación
Instrucción de 19 de abril de 2021 de la Dirección General de Centros. Criterios de promoción y evaluación curso 2020/21
Castilla y León 19 Abr, 2021
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Instrucción de 19 de abril de 2021 de la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa y de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de personas adultas, durante el curso académico 2020/2021. A comienzos del presente curso académico la Consejería de Educación elaboró el Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, y dictó la Orden EDU/1194/2020, de 5 de noviembre, por la que se establecen medidas urgentes en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de formación profesional, artísticas y deportivas en la Comunidad de Castilla y León y la Orden EDU/1553/2020, de 22 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Comunidad de Castilla y León. Por su parte, la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa publicó la Resolución de 6 de julio de 2020, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 6 de julio de 2020, para la unificación de las actuaciones de los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2020/2021, en la que se establecían una serie de medidas de carácter educativo, con el objeto de orientar la actuación de los centros docentes ante la situación generada por la COVID-19 durante el presente curso académico. Situándonos en el marco definido por la normativa básica y autonómica vigente, procede concretar para nuestra Comunidad Autónoma las medidas que han sido ya motivo de regulación desde la Consejería de Educación, referidas a algunos de los procesos educativos y organizativos más destacados que se desarrollan en los centros educativos, en especial los de evaluación, promoción y titulación en las diferentes enseñanzas, dando repuesta a algunos de los aspectos fundamentales que los centros educativos deben afrontar en el final del presente curso académico. Por ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 7 y 10 del Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, a la Dirección General Centros, Planificación y Ordenación Educativa y a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, éstas han considerado conveniente dictar la siguiente INSTRUCCIÓN Primera. Objeto, ámbito de aplicación y vigencia. 1. La presente Instrucción tiene por objeto concretar medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria.  2. Las medidas contenidas en la presente Instrucción serán de aplicación durante el  curso 2020-2021, a todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León  autorizados a impartir las enseñanzas no universitarias incluidas en el artículo 3 de la Ley  Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de las enseñanzas de idiomas en las que  atenderá a lo recogido en la Orden EDU/1553/2020, de 22 de diciembre, por la que se  establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas,  en la Comunidad de Castilla y León.  Segunda. Evaluación en las diferentes enseñanzas. 1. Para el presente curso académico, los estándares de aprendizaje evaluables en los que se desglosan los criterios de evaluación de los currículos vigentes en educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato tendrán carácter orientativo. En este sentido, se prestará especial atención a aquellos contenidos que sean relevantes e imprescindibles para garantizar una correcta evolución académica del alumnado. 2. En las enseñanzas de formación profesional, se prestará especial atención a aquellos resultados de aprendizaje asociados a unidades de competencia que se consideren imprescindibles para garantizar la adquisición de las mismas o, en su defecto, los resultados de aprendizaje que faculten al desarrollo profesional del alumnado. Tercera. Alumnado con áreas, materias o módulos pendientes del curso académico 2019/2020. 1. El alumnado con asignaturas pendientes del curso académico 2019/2020 será evaluado de estas de acuerdo con los procedimientos establecidos por cada centro docente según lo reflejado en las programaciones didácticas correspondientes. 2. En todo caso, para la evaluación de los aprendizajes de estas asignaturas se tendrán fundamentalmente en consideración los contenidos correspondientes a las dos primeras evaluaciones del curso académico 2019/2020 y a partir de ellos se valorará de forma positiva el rendimiento alcanzado por el alumnado en todos aquellos contenidos que se trabajaron de forma no presencial. Cuarta. Evaluación del alumnado que no ha asistido de forma regular al centro educativo por motivo del COVID-19 durante el curso académico 2020/2021. 1. El alumnado que de forma justificada no haya podido asistir de forma presencial al centro educativo, será evaluado según lo establecido en el plan de contingencia elaborado por el centro educativo en el que se encuentre matriculado. 2. En relación al alumnado que no haya asistido al centro educativo de forma justificada, se seguirá el procedimiento habitual de cursos anteriores.   Quinta. Promoción o titulación del alumnado de las diferentes enseñanzas en el curso académico 2020/2021. 1. Tal y como indica, con carácter general, la normativa básica y autonómica de las distintas enseñanzas, la repetición de curso se considerará una medida de carácter excepcional que se tomará tras haber agotado todas las medidas de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumnado. En la adopción de esta decisión, que se tomará de forma colegiada por el equipo docente del alumno, se tendrá en cuenta el logro de los objetivos generales y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en las distintas enseñanzas 2. La decisión de promoción y/o titulación se adoptará de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa aplicable en el curso anterior, teniendo especialmente en consideración las dificultades que hayan podido derivarse de las circunstancias asociadas a la pandemia, valorando positivamente el esfuerzo, la dedicación y la trayectoria del alumno y ajustándose a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en los reales decretos de desarrollo y en la normativa autonómica específica de cada enseñanza, atendiendo a la máxima flexibilidad dentro del citado marco normativo. 3. En relación con las decisiones que supongan la no promoción o la no titulación, la aplicación de cualquier medida de atención a la diversidad, la propuesta de incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, a un ciclo de formación profesional básica o cualquier otra medida que pudiera concurrir, estará justificada en la trayectoria del alumnado y sus antecedentes, en su falta de rendimiento en el proceso de enseñanza y aprendizaje durante todo el curso escolar, y en la no recuperación de esos contenidos en las evaluaciones extraordinarias, teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares y  sanitarias que hayan podido afectar al alumnado notoriamente a lo largo del presente curso académico. Sexta. Inspección educativa. La inspección educativa realizará las actuaciones necesarias, dentro del marco de sus funciones y atribuciones, para asesorar y apoyar a los centros educativos en relación con las medidas recogidas en la presente Instrucción. Séptima. Vigencia Esta Instrucción tendrá efecto hasta la finalización de los diferentes procesos educativos correspondientes al presente curso académico 2020/2021. Valladolid 19 de abril de 2021 EL DIRECTOR GENERAL DE CENTROS, PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, RÉGIMEN ESPECIAL Y EQUIDAD EDUCATIVA Fdo. Agustín Francisco Sigüenza Molina

Evaluación Enseñanzas ANPE Informa
Orden PCM/2/2021 con las características,diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad
Castilla y León 13 Ene, 2021
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Orden PCM/2/2021, de 11 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2020-2021.

Evaluación ANPE Informa Secundaria
Información de la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad. Curso 2019/2020
Castilla y León 21 Nov, 2019
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PROPUESTA DE FECHAS PARA LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE BACHILLERATO PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD (EBAU) DE 2020.

Convocatorias específicas Evaluación
Evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria 2018-2019.
Castilla y León 03 Jun, 2019
evaluacion-dn

Los días 5 y 6 de junio todo el alumnado de tercer curso de Educación Primaria .

Evaluación
Convocatoria evaluación de final de etapa de educación primaria
Castilla y León 09 Abr, 2019
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RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2019, de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, por la que se convoca la evaluación de final de etapa de educación primaria en los centros docentes de Castilla y León seleccionados para la muestra, en el curso 2018-2019, y se dictan instrucciones para su realización. BOCYL-D-09042019-23.pdf - 449 KB BOCYL-D-09042019-23.html y otros formatos  

Evaluación Centros
Convocatoria evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria
Castilla y León 09 Abr, 2019
bocyl-3

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2019, de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, por la que se convoca la evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria en los centros docentes de Castilla y León seleccionados para la muestra, en el curso 2018-2019, y se dictan instrucciones para su realización. BOCYL-D-09042019-24.pdf - 446 KB BOCYL-D-09042019-24.html y otros formatos

Evaluación Centros
Evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria en Castilla y León.
Castilla y León 04 Abr, 2019
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La realización de la evaluación tendrá lugar los días 9 y 10 de mayo de 2019.

Evaluación
Convocatoria de la evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria
Castilla y León 15 Feb, 2019
bocyl-3

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2019, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se convoca la evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria en el curso escolar 2018-2019 y se dictan instrucciones para su realización.      

Centros Evaluación
Regulación de la evaluación individualizada de 3º de EP y de final de etapa, y su aplicación en el curso 2018-2019
Castilla y León 04 Feb, 2019
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ORDEN EDU/50/2019, de 24 de enero, por la que se regula la evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria y de final de etapa, y su aplicación al alumnado de los centros docentes de Castilla y León en el curso escolar 2018-2019.  

Alumnado Evaluación Centros
Modificación Orden que crea la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la Universidad
Castilla y León 23 May, 2018
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ORDEN EDU/510/2018, de 15 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/91/2018, de 29 de enero, por la que se crea la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la Universidad de Castilla y León, y se establecen determinados aspectos de la evaluación, para el curso académico 2017-2018.    

Evaluación Universidad
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