a) Ser personal funcionario de carrera perteneciente a alguno de los siguientes cuerpos docentes:
1º Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
2º Profesores de Enseñanza Secundaria.
3º Profesores Técnicos de Formación Profesional (cuerpo a extinguir).
4º Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional.
5º Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
6º Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
7º Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
8º Profesores de Música y Artes Escénicas.
9º Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.
10º Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
11º Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
12º Maestros que imparten docencia en educación secundaria obligatoria.
b) Encontrarse en servicio activo poseyendo destino definitivo o en cualquier otra situación administrativa con derecho a la reserva de destino definitivo en un centro público docente dependiente de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León.
c) Haber sido desplazado o desplazada, bien de manera consecutiva en los cursos escolares 2023/2024 y 2024/2025, o bien de manera alterna durante cuatro cursos escolares, incluido el presente curso, como consecuencia, de haberse producido de manera simultánea, la amortización de plazas desempeñadas con carácter definitivo, siempre que implique desplazamiento, y la reducción de más del cincuenta por ciento de su horario lectivo en el departamento de la correspondiente especialidad.
2. En cada departamento, la condición de personal suprimido podrá ser adquirida por un número igual o inferior al de efectivos que hayan sido desplazados en el curso escolar 2024/2025, teniendo en cuenta que, en ningún caso, el profesorado que mantenga el destino definitivo en ese departamento podrá ser inferior en número a la plantilla jurídica del mismo.
La Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la dirección General de Recursos Humanos (838.5 KB) (6 páginas) (BOCYL del 23) convoca, para el curso escolar 2024/2025, el proceso específico para la adquisición voluntaria de la condición de suprimido regulada en la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.
Documentos que acompañan a la resolución:
- Modelo de solicitud: Solicitud de participación (95.9 KB) (1 página)
- Relación de funcionarios que solicitan voluntariamente la condición de suprimido: Relación de funcionarios director centro (62.2 KB) (1 página)