ANPE Informa: Los periodos trabajados a tiempo parcial se reconocerán como días completos a partir del 1 de octubre del 2023.


06 Oct, 2023

Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. - Boletín Oficial del Estado de 17-03-2023

Los periodos cotizados por los trabajadores a tiempo parcial se tendrán en cuenta como días completos, «cualquiera que sea la duración de la jornada hecha en cada uno de ellos» (art. 247 de la LGSS, con efectos de 01/10/2023).

Con la modificación del artículo 247 se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, ya que se tienen en cuenta los períodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Esta modificación se complementa con la supresión del apartado 3 del artículo 248, que desaparece en su nueva redacción.