-
Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogados los artículos 11 y 12 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, y los artículos 20, 21, 22, 23, 30, 31, 32, 33 y 34, y los apartados 4 y 7 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Disposición final segunda. Aplicación.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en este real decreto, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las comunidades autónomas.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Su contenido será de aplicación a partir del curso escolar 2021-2022. Dado en Madrid, el 16 de noviembre de 2021.