Mesa Sectorial 10 de Junio 2020: borrador del calendario escolar curso 2020-21 y AIDPRO


10 Jun, 2020

MESA SECTORIAL

10 DE JUNIO 2020

 

1. BORRADOR DEL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2020-21, PRESENTADO EN EL DÍA DE HOY.

Haremos alegaciones a este borrador que serán analizadas en la mesa sectorial convocada para el viernes 12 de junio.

Borrador de Orden por la que se establece el calendario escolar para el curso académico 2020-2021 en los centros docentes, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, y se delega en las direcciones provinciales de educación la competencia para la resolución de las solicitudes de su modificación.

La Orden EDU/385/2017, de 22 de mayo, regula el calendario escolar para los centros docentes que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. El artículo 2 de la citada orden establece que el titular de la consejería competente en materia de educación, antes del 31 de mayo de cada año, aprobará el calendario escolar para cada uno de los niveles y enseñanzas recogidas en esta orden, en el que se determinarán las fechas concretas de comienzo y finalización de las actividades lectivas, los días festivos y no lectivos, los periodos vacacionales, las fechas de realización de las pruebas extraordinarias, finales o de la segunda sesión final de evaluación, en su caso, y cualquier otro aspecto necesario para la planificación y organización de los centros docentes, previsión a la que se da cumplimiento con la presente orden.

       

 2. AIDPRO (Adjudicación informatizada de destinos provisionales para los funcionarios de carrera y en prácticas de los cuerpos docentes de las enseñanzas no universitarias 2020-21).

 

NOVEDADES

  • En esta convocatoria se van a realizar todos los procesos, de alegaciones, peticiones… a través del aplicativo informático.
  • Los funcionarios en prácticas en este curso escolar podrán pedir continuidad en el puesto para el curso 2020-21.
  • Fechas de publicaciones:
  • Las vacantes los últimos días del mes de julio.
  • Petición del cuerpo de maestros la primera semana de agosto.
  • Petición del resto de cuerpos la segunda semana de agosto.

PARTICIPANTES POR GRUPOS

a) Grupo 1: los funcionarios de carrera cuyo destino definitivo haya sido suprimido sin haber obtenido una readscripción definitiva a otro puesto.

b) Grupo 2: los funcionarios de carrera que siendo titulares de un destino definitivo hayan sido objeto de desplazamiento por falta de horario.

c) Grupo 3: los funcionarios de carrera que hayan perdido su destino definitivo por las siguientes causas:

1º. Ejecución de sentencia.

2º. Resolución de recurso administrativo.

3º. Haber pasado a desempeñar otro puesto en la Administración Pública, con pérdida de la plaza docente, siempre que hayan cesado en el último puesto.

4º. Transcurso del periodo máximo de tiempo previsto tras la concesión de la situación de excedencia voluntaria para atender al cuidado de familiares o por violencia de género previstas en los artículos 92 y 93, respectivamente, de la Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, o de la excedencia por razón de violencia terrorista prevista en el artículo 89. 6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

5º. Haberse reincorporado a la docencia en España, de conformidad con los artículos 10.6 y 14.4 del Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación en el exterior, derivada de la finalización de la adscripción en puestos o plazas en el exterior.

6º. Rehabilitación para el servicio activo.

7º. Resolución firme de expediente disciplinario.

8º. Anulación del destino definitivo obtenido por concurso de traslados u otras formas de provisión como consecuencia de adjudicación de vacante inexistente.

9º. Haber obtenido el reingreso sin tener reserva de puesto.

d) Grupo 4: los funcionarios de carrera que tengan concedida comisión de servicios, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca la concesión de comisiones de servicios en atención a situaciones especiales del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, para el curso escolar 2020/2021.

e) Grupo 5: los funcionarios de carrera no incluidos en los grupos 1, 2 y 3 y los funcionarios de prácticas que, en ambos casos, habiendo participado en los concursos de traslados, no hubiesen obtenido destino, pendientes de adjudicación de destino provisional y en expectativa de destino para el curso 2020/2021.

f) Grupo 6: los funcionarios de carrera que careciendo de reserva de plaza soliciten el reingreso al servicio activo con efectos 1 de septiembre de 2020.

g) Grupo 7: los funcionarios en prácticas de todos los cuerpos pendientes de finalizar, superar o realizar la fase de prácticas procedentes de procesos selectivos realizados con anterioridad al año 2020.

h) Grupo 8: los funcionarios de carrera que siendo cargos electos tuviesen concedida comisión de servicios por tener el destino en el momento de su elección, en una localidad en la que exista una distancia igual o superior a 100 kilómetros a la de la correspondiente Corporación Local por la que fueron elegidos.

EXPLICACIÓN DEL PROCESO

  • No están obligados a participar los que obtengan una comisión por cargo electo, militares, bilingües y de determinados puestos en el sistema educativo.
  • Publicada la Resolución provisional se podrán establecer alegaciones a través del aplicativo informático, la última grabada será la válida. Los que no tengan acceso al portal tendrán que crear una cuenta. Después se publicarán los listados definitivos y por último se publicarán las vacantes para maestros y para el resto de cuerpos. Si hubiera algún error en la publicación de vacantes se podrán retirar y se comunica a los afectados.
  • Habrá un plazo para comprobar el acceso a la aplicación. En el momento de solicitar vacantes se cargarán las vacantes a las que pueden acceder los distintos grupos. El orden que se seguirá será por orden alfabético de la localidad, centro y especialidad, las últimas vacantes que se cargan son las de carácter itinerante porque son puestos voluntarios. Para pedir puestos con acreditación se tiene que estar acreditado en la comunidad. Para solicitar puestos con asignaturas complementarias hay que tener la doble especialidad. Posteriormente se podrán ordenar según las preferencias de cada uno. No se cargan las plazas para los grupos 4 y 8 (comisiones) ya que si piden lo hacen de manera voluntaria.
  • Se pedirá a plaza vista.
  • Se puede solicitar continuidad en el puesto donde han estado este curso 2019-20, siempre que exista dicho puesto para el siguiente curso escolar, teniendo prioridad el orden de los grupos establecidos.
  • Los criterios de ordenación de cada uno de los grupos se realizarán con los mismos que otros cursos; años efectivos en el cuerpo, año de oposición, puntuación del concurso.
  • El procedimiento de adjudicación será igual que otros años, si algún grupo no accede a la aplicación se les adjudicará de oficio, excepto para el grupo 4 y 8 (comisiones de servicios), si no acceden no les adjudican vacante.
  • Los destinos son irrenunciables.
  • La publicación se colgará en el portal de educación y en los tablones de anuncios de las Direcciones.
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