- La Consejería de Educación ha trasladado esta mañana a las organizaciones sindicales la propuesta de calendario escolar para el próximo curso
- Los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial serán los primeros en acudir a clase el próximo periodo lectivo en Castilla y León
- Las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato comenzarán el lunes 14 de septiembre mientras que las de Formación Profesional lo harán el 21 de este mes
- Las vacaciones de Navidad comprenderán desde el 23 de diciembre hasta el 10 de enero y las de Semana Santa, del 26 de marzo al 5 de abril
10 de junio de 2020
Castilla y León | Consejería de Educación
Los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Transición a la Vida Adulta y los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros de Educación Primaria comenzarán sus clases el miércoles 9 de septiembre.
Por su parte, el lunes 14 del mismo mes empezarán el curso los alumnos de ESO, Bachillerato ordinario y nocturno, y el segundo curso de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y los segundos cursos de los Ciclos Formativos de grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.
Los estudiantes de los ciclos formativos de FP Básica, ciclos formativos de Grado Medio y primer curso de ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional inicial se reincorporarán a las clases el 21 de septiembre. El día 28 empezarán aquellos que estudien Bachillerato o FP de Grado Superior y Grado Medio a distancia, así como las enseñanzas impartidas en centros y aulas de Educación de Personas Adultas y la enseñanza Secundaria para personas adultas a distancia impartida en los institutos de Educación Secundaria.
Por último, el lunes 5 de octubre iniciarán las clases los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores y el primer curso de los ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño; y el martes 13 de octubre, empezarán su docencia las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas deportivas y las elementales y profesionales de Música y Danza.
El final del curso escolar tendrá lugar el viernes 4 de junio para el alumnado de 2º de Bachillerato ordinario y nocturno, los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional inicial y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, el Bachillerato y los ciclos formativos de Grado Superior en régimen a distancia, ciclos formativos de Grado Superior de las enseñanzas deportivas, el 6º curso de enseñanzas profesionales de Música y Danza. El resto de enseñanzas finalizarán las actividades lectivas el miércoles 23 de junio, excepto las enseñanzas de idiomas que lo harán el 28 de mayo.
Vacaciones, festividades y días no lectivos
La Consejería de Educación ha establecido también los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 23 de diciembre al 10 de enero, ambos inclusive, y las de Semana Santa, del 26 de marzo al 5 de abril.
Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, y de los dos días correspondientes a las fiestas de carácter local acordados para cada municipio, tendrán la consideración de días no lectivos el viernes 9 de octubre -Día del Docente- y los días 15 y 16 de febrero -fiestas de Carnaval-.
Pruebas extraordinarias o finales correspondientes al curso académico 2019-2020
La propuesta de calendario escolar que hoy ha presentado la Consejería de Educación a las organizaciones sindicales recoge que las pruebas extraordinarias o finales correspondientes al curso académico 2019-2020 se celebrarán a lo largo de mes de septiembre. Así, las relativas a Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato -en todos sus regímenes y modalidades- y ciclos en modalidad presencial de FP se realizarán los días 1, 2 y 3 de septiembre de 2020. Por su parte, las pruebas extraordinarias de los ciclos formativos de grado Medio y Superior de Artes Plásticas y Diseño se realizarán con anterioridad al 4 de septiembre de 2020.
Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza Secundaria para personas adultas del segundo cuatrimestre o de todo el curso escolar se realizarán el 1, 2, y 3 de septiembre; y las relativas a enseñanzas de idiomas se realizarán preferentemente a lo largo del mes de septiembre. Y, finalmente, las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas deportivas y elementales y profesionales de Música y Danza, se realizarán con anterioridad al 4 de septiembre de 2020.
Evaluaciones extraordinarias correspondientes al curso académico 2020-2021
En el caso de las pruebas finales de los alumnos de segundo curso de Bachillerato en régimen ordinario y nocturno con materias pendientes de primero y/o segundo curso y la segunda sesión de evaluación final de los segundos cursos de FP inicial, se realizarán entre el 21 y el 25 de junio de 2021. Además, la sesión de evaluación final de los grados superiores de Formación Profesional a distancia se realizará con fecha límite el 28 de mayo de 2021.
Por otro lado, las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza secundaria para personas adultas del primer cuatrimestre se realizarán del 1 al 7 de junio de 2021 y las relativas a Bachillerato en régimen a distancia, entre el 21 y el 25 de junio. Las evaluaciones extraordinarias para las enseñanzas de segundo curso de Artes Plásticas y Diseño y de enseñanzas deportivas que opte por realizar la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad en su convocatoria extraordinaria, se realizarán entre el 21 y el 25 de junio. Finalmente, las pruebas extraordinarias de las enseñanzas profesionales de Música y Danza para el alumnado que superando todas o algunas de las asignaturas pudiera obtener el título de Bachiller, se adelantarán entre el 21 y el 25 de junio.
Modificaciones en el calendario
No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación antes del último día del mes de julio en los casos que afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y durante la primera quincena del mes de octubre para el resto. Dicha solicitud deberá ser informada por el Consejo Escolar, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.
La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar. En todo caso, las modificaciones solicitadas respetarán el número total de días lectivos o duración en su caso, de las diferentes enseñanzas.
Durante cursos anteriores, se han autorizado cambios en el calendario escolar que han afectado tanto al inicio de curso, como a la modificación de días no lectivos y lectivos, con la finalidad de adecuar los calendarios escolares de los centros educativos a festividades tradicionales o la celebración de actos de índole social.
En los últimos años, cabe destacar el adelanto del inicio las actividades lectivas en Soria capital y otras localidades de la misma provincia en diversas enseñanzas con la finalidad de adecuarse a festividades locales. De igual forma, se han solicitado cambios de los días no lectivos de Carnavales por otros, en León y Soria, de días aislados en prácticamente todas las provincias de la Comunidad, para celebrar festividades locales, que han sido autorizados en su totalidad por las direcciones provinciales de Educación siempre que se han cumplido los requisitos para ello, y atendiendo a la mejor organización de las distintas enseñanzas, garantizando en todo caso el comienzo la finalización de las actividades en relación al acceso por medio de las distintas pruebas extraordinarias y el acceso a niveles superiores de enseñanza.