MUFACE: Novedades e información de interés para todos los mutualistas


20 Jun, 2019

Nuevos partes de incapacidad temporal, riesgo durante embarazo y lactancia natural.

Se han actualizado los impresos de los partes médicos de incapacidad temporal (IT), así como los de riesgo durante el embarazo y los de riesgo durante la lactancia natural de acuerdo con la Resolución de MUFACE del pasado 1 de abril para la tramitación electrónica y actualización de modelos que figuran en la página web que publicó el BOE del 10 de abril de 2019 e incorpora los siguientes cambios:

1. Codificación del diagnóstico en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE 10ª edición), que sustituye a la anterior CIE 9 MC. La CIE-10 es el acrónimo de la Clasificación Internacional de Enfermedades, 10ª edición. La edita la Organización Mundial de la Salud y determina la clasificación y codificación de las enfermedades.

2. El nuevo modelo de parte tendrá dos ejemplares: uno para el mutualista y otro para la Administración.

3. En el parte de incapacidad temporal se añade el apartado del informe adicional de ratificación que el médico cumplimenta en el 10º y 16º mes de la incapacidad temporal, y dejan de existir como documentos independientes. El informe adicional de ratificación solicita del médico su criterio sobre la evolución del proceso y las posibilidades de recuperación o de incapacidad permanente.

4. Se publica por separado el parte para las situaciones de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, situaciones que se declaran por los órganos de personal, previa valoración del riesgo y confirmación de imposibilidad de cambio del puesto de trabajo de la mutualista.

Los partes se pueden cumplimentar directamente en la web de Muface o descargarlos e imprimirlos por el mutualista. El ejemplar para la Administración del parte inicial debe aportarlo el mutualista a su órgano de personal durante los cuatro primeros días hábiles desde el inicio de la situación. El parte de confirmación, durante los tres días hábiles siguientes a su expedición. El parte de alta, al día hábil siguiente a su expedición. En cuanto a la periodicidad de los partes, deben expedirse quincenalmente, pero si por motivos de mejor asistencia al paciente es preciso demorar esta frecuencia, podrán expedirse por más tiempo, con un máximo de 30 días entre cada parte.

Ayudas de protección sociosanitaria 2019

Facilitación de la autonomía personal; eliminación de barreras electrónicas y ayudas para incorporar nuevos medios técnicos; atención a enfermos psiquiátricos crónicos, a personas drogodependientes; apoyo a enfermos celíacos y oncológicos, son algunos de los programas de ayudas de protección sociosanitaria previstos para 2019 y cuya convocatoria anual se ha publicado en el BOE del 11 de abril.

De cara a la mejora del servicio prestado a los mutualistas, se continúa con el objetivo de supresión de aportación documental, según lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Asimismo, se han efectuado cambios respecto a la documentación justificativa de ingresos que constituyen renta a efectos del IRPF. Como novedad, se incorporan a la convocatoria los requisitos legales y reglamentarios que deben reunir las facturas exigibles.

Se mantienen los programas de anteriores convocatorias y el criterio de su priorización en los destinados a satisfacer necesidades no atendidas por otros organismos públicos. Al igual que en la convocatoria anterior, el título de la misma se adecua al conjunto de programas mediante los que se desarrollará la acción protectora sociosanitaria de MUFACE.

Ayudas dentarias y oculares por internet

Desde el 1 de marzo, la tramitación de las prestaciones de MUFACE más demandadas, las dentarias y oculares, se realizan por vía electrónica si los solicitantes son funcionarios en activo. El resto, jubilados, beneficiarios a título propio y mutualistas voluntarios, pueden optar entre realizar también sus solicitudes a través de Internet o seguir utilizando el impreso oficial en papel, presencialmente o por correo postal, pero exclusivamente en los meses de marzo, septiembre y octubre de cada año ante cualquier Servicio Provincial u Oficina Delegada de MUFACE.

La solicitud vía internet se hace desde Sede Electrónica de la Mutualidad, https://sede.muface.gob.es/. Para ello, es preciso contar con certificado digital, DNI electrónico, o la identificación CL@ve. Esta última permite interactuar con Muface sin necesidad de tarjeta o software añadido.