DECRETO 7/2026, de 26 de marzo, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2027.
Artículo único. Fiestas laborales.
1. Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2027 serán las siguientes:
– 1 de enero, Año Nuevo.
– 6 de enero, Epifanía del Señor.– 25 de marzo, Jueves Santo.
– 26 de marzo, Viernes Santo.
– 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
– 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
– 15 de agosto, Asunción de la Virgen. Se traslada al lunes.
– 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
– 1 de noviembre, Todos los Santos.
– 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
– 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
– 25 de diciembre, Natividad del Señor.
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