La Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos (413.1 KB) (5 páginas) (BOCyL 15-octubre-2020) convoca para el curso escolar 2020/2021, el proceso específico para la adquisición voluntaria de la condición de suprimido regulada en la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio (1.1 MB) (7 páginas) (BOCyL de 25-junio-2012), por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.
La Orden EDU/387/2014, de 21 de mayo (605.6 KB) (2 páginas) (BOCyL 29-mayo-2014) modifica la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.
Anexos que acompañan la Resolución:
- Modelo de solicitud individual: Documento 1 (425.3 KB) (1 página)
- Relación de funcionarios que solicitan voluntariamente adquirir la condición de suprimido: Documento 2 (255.3 KB) (1 página)
Ser funcionario de carrera perteneciente a alguno de los siguientes cuerpos docentes:
a) Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
b) Profesores de Enseñanza Secundaria.
c) Profesores Técnicos de Formación Profesional.
d) Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
e) Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
f) Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
g) Profesores de Música y Artes Escénicas.
h) Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.
i) Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
j) Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
k) Maestros que imparten docencia en educación secundaria obligatoria.